martes. 16.04.2024
El Tiempo
Es lo Cotidiano

Aprueba IEEG modelos de documentación y material electoral

Aprueba IEEG modelos de documentación y material electoral

Guanajuato, Gto. El Consejo General del IEEG, aprobó dos proyectos de acuerdo durante la sesión extraordinaria llevada a cabo este jueves 09 de abril de 2015.

En el primer proyecto, se presentaron y aprobaron los modelos de documentación y material electoral que se utilizarán para el desarrollo del proceso electoral 2014-2015, entre los que se encuentran:

·         Acta para la elección de diputados locales 

·         Acta para la elección  de ayuntamientos

·         Acta de jornada electoral

·         Acta de escrutinio y cómputo de casilla de diputados locales

·         Acta de escrutinio y cómputo de ayuntamiento, entre otros.

Los cuales están disponibles para consulta en nuestra página de internet: http://www.ieeg.org.mx/pdf/Coordinacion%20de%20Comunicacion%20y%20Difusion/matElectoral090415.pdf.

El segundo y último acuerdo aprobado, es en el que se da respuesta a la consulta formulada por el representante financiero de la candidata independiente a la presidencia municipal de Pénjamo, Guanajuato, relativa a la solicitud de ampliación al financiamiento privado que pueda recibir su representada.

Cabe resaltar que en la sesión extraordinaria del cuatro de abril, el Consejo General aprobó el acuerdo en el que se determinó que conforme a la ley comicial local, para el municipio de Pénjamo el financiamiento público para gastos de campaña corresponde a la cantidad de 177 mil 169 pesos y 75 centavos, mientras que el tope de gastos de campaña para este municipio, es de 772 mil 497 pesos 67 centavos.

Es en este contexto que en el documento presentado ante la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, el representante financiero solicita la autorización para que la diferencia entre el financiamiento público y el tope de gastos de campaña, es decir 595 mil 327 pesos 92 centavos, puedan recaudarse entre los candidatos al ayuntamiento y los simpatizantes de la candidata a presidente municipal.

Al respecto el consejo general, aprobó el acuerdo en el que se informa que la petición no puede proceder, ya que se opone a la normatividad electoral relativa al financiamiento privado que pueden recibir los candidatos independientes, el cual no debe superar el 10% del tope de gastos de campaña, tal como lo estipula el artículo 326 de la LIPEEG.