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IEEG e IACIP protegerán datos personales

Suscriben convenio de colaboración

IEEG e IACIP protegerán datos personales

Guanajuato, Gto. El Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) y el Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato (IACIP) refrendaron su compromiso para respetar y garantizar la seguridad y protección en el tratamiento de los datos personales que se tienen en este instituto bajo resguardo durante el Proceso Electoral Local 2017-2018, por ello firmaron un pronunciamiento de colaboración.

Con el Comisionado Presidente del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), Dr. Francisco Javier Acuña Llamas como testigo, el Consejero Presidente del IEEG y la Lic. María de los Ángeles Ducoing del IACIP, firmaron el pronunciamiento para la protección de los datos personales que tiene por objeto salvaguardar la información de toda persona. Ante esto, se asume que el derecho a la privacidad o a la intimidad es un derecho que tienen los individuos a decidir de forma libre e informada sobre el uso y disposición de sus datos personales.

Por lo anterior, resulta exigible el correcto tratamiento en la obtención e integración de datos personales, siendo sancionable cualquier falta, abuso o mal uso de estos. En este contexto, ambas instituciones se comprometen a las siguientes acciones:

  • Observar los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
  • Informar al titular del dato personal sobre las características principales del tratamiento al que serán sometidos.
  • Adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y el uso adecuado de los datos personales recabados.
  • Instrumentar una política de protección de los datos personales que serán tratados durante el proceso electoral.
  • Difundir material informativo sobre la importancia de la seguridad de los datos personales.  
  • Difundir los procedimientos para presentar quejas sobre el uso inadecuado de los datos personales.
  • Proveer la información necesaria para que las personas puedan ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos (derechos ARCO).

En su mensaje Mauricio Guzmán Yáñez dijo que “las instituciones de un estado público de derecho tenemos la obligación de proteger la libertad y la dignidad de todas las personas con apego a la legalidad y sobre todo con respeto a sus derechos humanos, esto es la protección y tutela de los datos que hacen identificable a una persona y al respecto de su vida privada, es decir los datos personales, cabe mencionar que la apuesta institucional por la protección de este derecho humano se ha traducido en respuestas normativas y compromisos interinstitucionales; en cuanto a las respuestas normativas tenemos desde el año 2002 la protección de datos personales como una limitante de derechos de información, después en 2007 su protección se incluye en la Constitución Política Federal, en 2009 se consideraron los derechos de acceso de protección, corrección y posición de datos personales y en 2014 se firmó el acuerdo de una ley para la materia siguiendo un modelo nacional, el cual fue aprobada en 2017”.

Por su parte la Comisionada Presidenta del IACIP María de los Ángeles Ducoing Valdepeña mencionó que “la protección de los datos personales tiene por objeto salvaguardar el poder de control y disposición de toda persona sobre su información, ante esta consideración asumimos que el derecho a la privacidad y a la intimidad es un derecho que tienen los individuos de decidir sobre el uso de sus datos personales,  para diversas actividades se requiere el intercambio de datos que se relacionan con nuestra vida privada para evitar injerencias arbitrarias e ilegales por ello es que las legislaciones nacionales y supranacionales se dieron a  la tarea de informar las garantías del ciudadano frente a amenazas tecnológicas”.

Cabe recordar que en el ámbito local el derecho a la protección de los datos personales se encuentra regulado en los artículos 6° y 16° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 14° de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, y en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato.

Teniendo en cuenta que durante el proceso electoral intervienen actores políticos, representantes de los partidos políticos, candidaturas independientes, es pertinente exhortarlos a actuar bajo los principios de licitud, finalidad, lealtad, calidad, consentimiento, proporcionalidad, información y responsabilidad en el ejercicio de las actividades que comprenden las campañas o actos tendientes al convencimiento del voto, así como el día de la jornada electoral.

Posteriormente a la firma se llevó a cabo la conferencia magistral ‘El papel que juega la Transparencia en la Veda Electoral’, impartida por el Comisionado Presidente del INAI Francisco Javier Acuña Llamas, quien dijo que “la función de los Órganos de Transparencia en México desde un primer momento tenía la promesa de ser bifrontal con dos vías de competencia, pero en México los procesos institucionales son graduales, fue mucho más fácil en su primera etapa asimilar por la vertiente de la apertura informativa, de la transparencia de la información pública  tuvo más impacto en los legisladores de aquel 2002, lograron generar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental como se llamó anteriormente, surgieron mejores leyes locales que la Federal y fue como avanzó en un camino lento y mejorando la transparencia”.

“En 2007 se impulsó la reforma constitucional dando una categoría determinada a los conceptos de Acceso a la Información Pública, sin olvidar que algunos de los derechos se encuentran alojados en el artículo 16° de la Constitución, viniendo posteriormente una evolución de transparencia en el que tendrían la gran competencia de vigilar la privacidad del ciudadano mexicano”.