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Presentan iniciativa de límites a contratación de obra pública municipal

Afectaría las modalidades de adjudicación directa y licitación simplificada

Presentan iniciativa de límites a contratación de obra pública municipal

Guanajuato, Gto. De acuerdo con la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato, el Congreso el Estado debe establecer los montos máximos de adjudicación para la contratación de la obra pública municipal, en sus modalidades de adjudicación directa y licitación simplificada.

Atendiendo el mandato legal, la diputada y los diputados que integran la Junta de Gobierno y Coordinación Política presentaron la iniciativa en la que se proponen los mencionados rangos y límites.

Con base en la ley en materia de obra pública el procedimiento de licitación simplificada y la contratación por adjudicación directa, pretenden que la obra pública municipal se realice con oportunidad, eficiencia y con el óptimo aprovechamiento de recursos financieros, humanos y técnicos.

La propuesta considera una actualización del 3% para el ejercicio 2017 y se tomó como referencia el criterio de crecimiento que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión estableció para este tipo de casos a nivel federal, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2017.

“Este Órgano de Gobierno considera adecuado el incremento en los montos en la medida de un 3%, a fin de contribuir a la dinamización de la actividad económica en nuestro estado, así como a contribuir a armonizar disposiciones en la materia y homologar criterios que se han considerado en disposiciones a nivel estatal y federal”, subraya el documento.

Se destaca que esa medida contribuye a evitar que las mismas obras (obra menor) para las que se consideraron esos topes, se trasladen por el simple cambio de precios en el tiempo a la modalidad de licitación pública, dejando de aplicar los fines para los que fueron concebidas las modalidades distintas a ese régimen, que son los de facilitar el manejo de la obra menor, que se caracteriza por ser de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica.

La propuesta contempla como límites para la contratación de obra pública municipal para el ejercicio fiscal 2017, lo siguiente:

I.              Por Adjudicación Directa:

a.    De $1.00 hasta $821,392.83 (Ochocientos veintiún mil trescientos noventa y dos pesos 83/100 M.N.) los municipios de Abasolo, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Comonfort, Coroneo, Cuerámaro, Doctor Mora, Huanímaro, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Ocampo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, San Diego de la Unión, San Felipe, San José Iturbide, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Tarimoro, Tierra Blanca, Victoria, Villagrán y Xichú.

b.    De $1.00 hasta $1´125,614.90 (Un millón ciento veinticinco mil seiscientos catorce pesos 90/100 M.N.) los municipios de Acámbaro, Cortazar, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Moroleón, Pénjamo, Salvatierra, San Francisco del Rincón, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao, Uriangato, Valle de Santiago y Yuriria.

c.    De $1.00 hasta $1´355,830.20 (Un millón trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta pesos 20/100 M.N.) los municipios de Celaya, Guanajuato, Irapuato, León y Salamanca.

              II.        Por Licitación Simplificada:

a.    De $821,392.83 (Ochocientos veintiún mil trescientos noventa y dos pesos 83/100 M.N.) hasta $1´320,521.07 (Un millón trescientos veinte mil quinientos veintiún pesos 07/100 M.N.) los municipios de Abasolo, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Comonfort, Coroneo, Cuerámaro, Doctor Mora, Huanímaro, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Ocampo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, San Diego de la Unión, San Felipe, San José Iturbide, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Tarimoro, Tierra Blanca, Victoria, Villagrán y Xichú.

b.    De $1´125,614.91 (Un millón ciento veinticinco mil seiscientos catorce pesos 91/100 M.N.) hasta $ 2´376,941.02 (Dos millones trescientos setenta y seis mil novecientos cuarenta y un pesos 02/100 M.N.) los municipios de Acámbaro, Cortazar, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Moroleón, Pénjamo, Salvatierra, San Francisco del Rincón, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao, Uriangato, Valle de Santiago y Yuriria.

c.    De $1´355,830.21 (Un millón trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta pesos 21/100 M.N.) hasta $3´961,567.62 (Tres millones novecientos sesenta y un mil quinientos sesenta y siete pesos 62/100 M.N.) los municipios de Celaya, Guanajuato, Irapuato, León y Salamanca.

Asimismo se precisa que los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del impuesto al valor agregado.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen.