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RECHAZA NOM SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR, SEXUAL Y CONTRA LAS MUJERES

Propone legisladora exhortar a que la Federación respete autonomía estatal en materia de salud

Propone legisladora exhortar a que la Federación respete autonomía estatal en materia de salud

Guanajuato, Gto. “El día de hoy hacemos patente la defensa del derecho a la vida; para el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional el respeto de los derechos humanos constituye un requisito fundamental para el desarrollo integral de los individuos, de las personas, para la justicia, para la paz entre los ciudadanos y para la construcción de una verdadera democracia”, dijo en Tribuna la diputada Estela Chávez Cerrillo. 

La legisladora presentó una propuesta para realizar un respetuoso exhorto al Titular del Poder Ejecutivo Federal, a que en virtud del cumplimiento del principio de separación de poderes y de las reglas del Sistema Federal, sean respetuosos de la configuración de nuestro Estado en materia de Derecho Penal y de los procedimientos necesarios para que una conducta considerada como antijurídica, por este Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, no quede impune y respetar las disposiciones contenidas en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato y las correspondientes en la Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de patria potestad y los deberes y derechos derivados de ésta, así como en las disposiciones civiles aplicables.

Además de otro respetuoso exhorto al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que, en el desarrollo de sus facultades legales no soslaye nuestra autonomía legislativa, ni violenten nuestro actual ordenamiento jurídico en materia de protección de derechos y penalización de las conductas consideradas antijurídicas y solicitamos que en respeto a la soberanía de nuestro Estado y a las facultades constitucionales que le corresponden elimine las modificaciones realizadas a la NOM-046-SSA2-2005, lo anterior conforme al procedimiento que para estos efectos considere el marco legal vigente y aplicable. 

La diputada Chávez Cerrillo enfatizó en su mensaje, que “la lucha por la democracia y el desarrollo integral de la persona, son los ideales que dio origen al nacimiento de Acción Nacional. Esa lucha permitió resistir todas las dificultades a las que nos enfrentamos en la época del autoritarismo. Y esa convicción inspira nuestro trabajo en las responsabilidades públicas que encabezamos; Acción Nacional NO basa la defensa y promoción de sus principios en circunstancias o modas pasajeras, sino hunde sus raíces doctrinales en la realidad humana y social”. 

La congresista recordó que como resultado del mandato legal contenido en el apartado de artículos transitorios de la LEY GENERAL DE VICTIMAS, en relación a la obligación de armonizar los contenidos legales y reglamentarios a dicha ley, el pasado 24 de marzo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación de varios puntos de la “NOM-046-SSA2-2005 VIOLENCIA FAMILIAR, SEXUAL Y CONTRA LAS MUJERES. CRITERIOS PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN”, en el que supuestamente armonizan su contenido con el de la Ley General de Victimas, misma que entró en vigencia al día siguiente de su publicación.

“En ese sentido, con independencia del tema a tratar, debe ser claro que los contenidos de la Norma Oficial Mexicana no pueden ir más allá de las disposiciones de ley que les da origen, tampoco puede establecer obligaciones a los particulares, ni conceder o quitar derechos, pues esto generaría inseguridad jurídica, violentaría el estado de derecho y la reserva de ley que se protege en nuestro orden constitucional. Por ello es claro, que los alcances normativos de la Norma Oficial Mexicana pueden solamente referirse a obligaciones previstas en leyes y reglamentos y especificarlas de forma técnica y con el objetivo de uniformar procesos, sin establecer situaciones más allá de lo que obliga u otorga la ley, por lo que ninguna Norma Oficial Mexicana podrá establecer disposiciones abstractas y generales de carácter obligatorio”, consideró. 

La diputada Estela Chávez Cerrillo puntualizó que, “por lo anterior, considerando que México cuenta con un sistema federal, caracterizado por la existencia de un orden de gobierno federal y otro estatal; dotados de igual jerarquía y autonomía propia, con facultades específicas, es menester reconocer que cada uno de dichos órdenes de gobierno tienen sus respectivas competencias y límites, todas ellas señaladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

“Así las cosas, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato manifestamos que el objeto de regulación de las modificaciones contenidas en la NOM-046-SSA2-2005 va en contra de la legislación estatal de Guanajuato, sobre todo por cuanto hace a temas de capacidad e incapacidad de las personas físicas, patria potestad, tutela y representación de los menores de edad y aborto en caso de violación, entre otros; mismos que son competencia del congreso local de conformidad con el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, dijo. 

Consideró que “en virtud de lo anterior, la aplicación de la NOM-046-SSA2-2005, conlleva a la vulneración del marco jurídico del Estado de Guanajuato así como a la generación de antinomias jurídicas y en consecuencia a una grave violación a la seguridad jurídica y sobre todo a la Soberanía de nuestro Estado”. 

“Frente a esta realidad, si bien como entidad federativa nos encontramos supeditados al Pacto Federal, no por ello, desde esta Soberanía, debemos permitir que en aquellas materias, para las cuáles la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce nuestra soberanía para legislar, nos sean impuestas por medio de una Norma Oficial Mexicana, disposiciones que sobrepasan las facultades del poder Ejecutivo Federal. Lo anterior, pues además de ser inconstitucional desde el ámbito federal y estatal, atenta contra los mismos principios del federalismo”.

La iniciativa fue recibida y se enlistará en una próxima Sesión de Pleno para el trámite Legislativo correspondiente.