viernes. 19.04.2024
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Proponen gratuidad para el trámite de registro de nacimiento y expedición de la primer copia certificada

Proponen gratuidad para el trámite de registro de nacimiento y expedición de la primer copia certificada

Guanajuato, Gto. El día de hoy, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de adición al artículo 62 del Código Civil para el Estado de Guanajuato a efecto de prever la gratuidad del trámite de registro de nacimiento y la expedición de la primer copia certificada del acta generada.

El diputado Juan Rendón López,  al dar lectura a la exposición de motivos de la propuesta, mencionó que la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de 2014, prevé que están exentos de pago los derechos por los registros de nacimientos realizados en la Oficina del Registro Civil. Sin embargo, dicha ley tiene una vigencia exclusivamente por el presente ejercicio fiscal y no contempla la expedición de una copia certificada de la partida, sino un tanto del acta de nacimiento original, la que comúnmente no es aceptada para realizar trámites legales o para la inscripción del registrado en distintos programas sociales, educativos, de salud, etc., de los cuales puede verse beneficiado.

El legislador recordó que el reconocimiento del derecho a la identidad, a través del registro de nacimiento, permite al niño o niña adquirir una identidad, un nombre y una nacionalidad; así mismo, implica su incorporación como sujeto de derechos dentro de un Estado y su acceso a un conjunto de derechos humanos reconocidos internacionalmente.

Citó también que la Convención sobre los Derechos del Niño, al igual que otros pactos y tratados internacionales de derechos humanos, resalta el derecho a la identidad, al nombre y a la nacionalidad como el umbral para garantizar la realización de todos los demás derechos. El registro de nacimiento constituye pues un portal de derechos cuando es universal, gratuito y oportuno.

Por otra parte, comentó que el pasado 17 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un octavo párrafo al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece: “Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento.

El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos, La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.”

En razón de ello es que se propone la adición al artículo 62 con un párrafo segundo, a efecto de prever la gratuidad del registro de nacimiento y la expedición de la primer copia certificada del acta generada.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.