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Emite DH 13 recomendaciones a la SEG por abusos sexuales de profesores

Emite DH 13 recomendaciones a la SEG por abusos sexuales de profesores

Guanajuato, Gto. La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PDHEG), dictó 13 recomendaciones al Secretario de Educación de Guanajuato, Eusebio Vega Pérez dos casos de violencia escolar, uno en Guanajuato y otro en Abasolo

El caso de la capital se refiere a la violación de una menor de 13 años, acontecido en la Escuela Secundaria Piloto, que valió 7 recomendaciones mientras que las otras 6, son por el caso de tocamientos indebidos por parte de su profesor a una menor de 7 años de una primaria en el municipio de Abasolo.

La queja se interpuso con fecha 5 de mayo, en contra del agresor de la menor, Víctor Manuel Anguiano Hernández, por abuso sexual, el cual se encuentra recluido en el Centro de Readaptación Social (CERESO) en Puentecillas luego de que se dictó prisión preventiva por tres meses.

Las recomendaciones emitidas por la PDHEG hacia el Secretario de Educación, Eusebio Vega Pérez son:

  • Se sirva girar instrucciones para instaurar o continúe el procedimiento administrativo disciplinario correspondiente, en contra del Profesor Víctor Manuel Anguiano Hernández, por los hechos imputados: Violación a los Derechos del Niño en su modalidad de Abuso Sexual.
  • Se giren instrucciones para iniciar o continuar un procedimiento administrativo disciplinario correspondiente, en contra del Director Néstor Antonio Saucedo, del Subdirector Sergio Gustavo Rosas Malacara y la Profesora Emma Gómez Lagos, todos adscritos al Centro Educacional Piloto de Guanajuato, por haber incurrido en Ejercicio Indebido de la Función Pública en su modalidad de Falta de Diligencia, cometido en agravio la adolescente,
  • Girar instrucciones para que se inicie y sustancie un procedimiento administrativo disciplinario correspondiente, en contra del Director General de la Unidad de Apoyo de Comunicación de esa Secretaría, Felipe de Jesús Zavala Ponce, por incurrir en el Ejercicio Indebido de la Función Pública, en su modalidad de Falta de Diligencia cometido.
  • Se giren instrucciones para que se proporcione asistencia psicológica a la menor afectada, en caso de que sus padres lo autoricen, asistencia que deberá correr a cargo del personal que disponga la Secretaría de Educación de Guanajuato.
  • Se le garantice a la menor afectada su derecho a la educación en un ambiente donde prevalezca el irrestricto respecto a sus derechos humanos.
  • Se instrumenten cursos de capacitación y actualización sobre derechos humanos y en particular de los derechos del niño, dirigidos a los directores de las escuelas y personal docente de la Secretaria de Educación del Estado de Guanajuato, tendientes a fomentar el respeto a los derechos de las y los educandos.
  • Se instrumenten acciones de ampliación y difusión al Protocolo de Denuncia y Tratamiento establecido en la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios y su Reglamento.

 

El caso Abasolo

La queja se interpuso el 28 de febrero de este año, bajo el Expediente de Queja número 41/14-B, después de que la madre de la víctima denunció actos violatorios de los derechos humanos de su hija de 7 años de edad, así como omisión de la denuncia hecha sobre el caso de parte de la directora del planel.

De lo anterior se derivaron 6 recomendaciones emitidas para Eusebio Vega, titular de la SEG:

  • Se instruya el inicio y/o continuación de procedimiento disciplinario en contra del Profesor Juan Manuel Castor Silva de la escuela primaria del Municipio de Abasolo, Guanajuato, por haber incurrido en Violación a los derechos del Niño en su modalidad de Abuso Sexual.
  • Se instruya procedimiento disciplinario que culmine en sanción acorde a la gravedad de la falta acreditada a la Directora de la escuela primaria, por el Ejercicio Indebido de la Función Pública en su modalidad de Falta de Diligencia en el desempeño de su labor
  • Se implementen los programas y mecanismos necesarios para cubrir las evaluaciones de los docentes que expongan indicadores respecto de puntos vulnerables de salud emocional, además de la física, así como se implementen los programas de reconocimiento de la dignidad de la persona y el reforzamiento de principios y valores universales a los integrantes del Sistema Educativo Estatal; a más de implementar las acciones de capacitación y formación entre la comunidad educativa sobre la detección, prevención y erradicación de la violencia escolar, así como acciones de ampliación y difusión al Protocolo de Denuncia y Tratamiento establecido en la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios y su Reglamento, que permitan la prevención de los hechos que se hicieron consistir en Violación a los Derechos del Niño en su modalidad de Violencia Sexual.
  • Se proporcione asistencia psicológica a la menor de edad afectada; lo anterior en el caso de que sus padres lo autorice.
  • Se le garantice a la menor de edad afectada su derecho a la educación en esa Institución u otra, en un ambiente donde prevalezca el irrestricto respeto a sus derechos humanos.
  • Se instrumenten cursos de capacitación y actualización sobre derechos humanos, y en particular de los derechos de las niñas y niños, dirigidos a los directores de las escuelas y personal docente de la Secretaria de Educación del Estado de Guanajuato, tendentes a fomentar el respeto a los derechos de las y los educandos.