martes. 16.04.2024
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LAS CAUSAS: SIN LICENCIAS AMBIENTALES DE FUNCIONAMIENTO Y USO DE COMBUSTIBLES NO PERMITIDOS POR LA NORMA

La Procuraduría Ambiental clausura en León 17 hornos de tabique e inhabilita 6

La Procuraduría Ambiental clausura en León 17 hornos de tabique e inhabilita 6

León, Guanajuato. La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial llevó a cabo la clausura de 17  hornos de fabricación de tabique  y 6 más inhabilitados en las zonas de  El Valladito y San Pablo, ambas localizadas al noroeste del municipio de León, por incumplimiento a la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato.

Juan Pablo Luna Mercado, Procurador Ambiental del Estado, informó que los operativos se llevaron a cabo en punto de las 9:00 horas en las que participaron abogados e inspectores de la Procuraduría Ambiental, acompañados por elementos de las Fuerzas de Seguridad. Las diligencias se llevaron a cabo de manera simultánea.

Alrededor de 2 mil 940 familias vecinas de las colonias Brisas del Lago, San Pablo, El Valladito, La Napoleza, Predio Ibarrilla  y Presitas se verán beneficiadas por este operativo, que tiene  como resultado una  reducción en las emisiones contaminantes  y por tanto  una  mejor calidad del aire. La Procuraduría Ambiental tiene como objetivo primordial salvaguardar el derecho de la población a un ambiente sano para su bienestar y desarrollo.

Durante 2013 la PAOT clausuró en esa misma zona 11 hornos, que siguen sin funcionar debido a la falta del cumplimiento con las resoluciones legales.

LAS NORMAS

La Norma Técnica Ambiental NTE-IEE-001/2010, establece las condiciones para la ubicación y operación de fuentes fijas con actividad artesanal para la producción de piezas elaboradas con arcillas, siendo alguna de ellas las siguientes:

Ubicación: dentro de la zona de compatibilidad urbana con el uso habitacional, queda condicionada al uso exclusivo de gas L.P. o gas natural. Si el horno no utiliza gas L.P. o gas natural deberá ubicarse a una distancia mayor a 3 mil metros de cualquier centro de población.

Condiciones de Operación: las arcillas empleadas podrán ser material de desazolve de presas o bordos siempre y cuando se cuente con la autorización expedida por la autoridad competente.

El productor puede optar por el uso de combustible alternativo para su proceso productivo; siempre y cuando cuente con la autorización vigente de la autoridad competente; y su uso quede condicionado a la ubicación del horno.

Tipo de  combustible

Dentro de zona urbana

Dentro de zona crítica estatal

Distancia mayor a 3000 metros a centro de población

En parque artesanal

Gas L.P.

Si

Si

Si

Si

Gas Natural

Si

Si

Si

Si

Diesel

No

No

Si

Si

Combustóleo

No

No

Si

Si

Combustibles alternos autorizados

No

No

Si

Si

 

Juan Pablo Luna Mercado comentó además que la entidad a su cargo es la instancia responsable de inspeccionar y verificar el cumplimiento ambiental facultada por la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato. También destacó la importancia de la denuncia ambiental ciudadana y la participación de la sociedad, como factores cada vez más indispensables para el cuidado de los recursos naturales de la entidad.