miércoles. 24.04.2024
El Tiempo
Es lo Cotidiano

Reitera IEEG negativa a registrar agrupación 'Corrijamos el rumbo'

Los solicitantes impugnarán y recurrirán el TEEG
ieeg
Reitera IEEG negativa a registrar agrupación 'Corrijamos el rumbo'
Reitera IEEG negativa a registrar agrupación 'Corrijamos el rumbo'

Guanajuato, Gto. El tema de la solicitud de registro de “Corrijamos el Rumbo” como agrupación política local, se ira al Tribunal Estatal Electoral:

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (CGIEEG) determinó improcedente el recurso de revocación promovido por José Manuel Aguilar Jasso en contra del acuerdo signado el 1 de septiembre de negar el registro a la agrupación.

En sesión extraordinaria y por mayoría de votos, las y el integrante del CGIEEG se resolvió que no ha lugar a la solicitud presentada por Óscar Edmundo Aguayo Arredondo y José Manuel Aguilar Jasso, misma que fue entregada por el segundo el 8 de septiembre de 2022.

El acuerdo especifica que no procede el recurso de revocación promovido porque los demandantes argumentaron que se les violaba el derecho a la libre asociación (artículo 9 de la Constitución federal). 

La presidenta del Consejo, Brenda Canchola Elizarraraz, argumentó que las facultades del órgano se circunscriben lo referente a los derechos político-electorales y carece de facultades para analizar las violaciones al derecho de asociación:

“Lo anterior en virtud de que la hipótesis normativa se encuentra prevista en la Fracción XI del artículo 389 de la ley electoral local que dispone que el juicio de la ciudadanía es procedente cuando un ciudadano confiere que un acto o resolución de la autoridad electoral violenta sus derechos político-electorales”.

La consejera Beatriz Tovar Guerrero, quien el 1 de septiembre asumió la postura de que el derecho de asociación tiene una mayor ponderación aun cuando no se especifique en la ley electoral estatal, mantuvo su punto de vista votó en contra de la negativa a la solicitud de revocación.

Para maximizar el acceso a la impartición de justicia completa, determinó la presidenta  consejera, y a la tutela judicial efectiva del impugnante, ordenó remitir el medio de impugnación interpuesto por José Manuel Aguilar Jasso al Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), en virtud de que el acuerdo CGIEEG/36/2022 es un acto susceptible de combatirse a través del juicio para la protección de los derechos político-electorales cuyo conocimiento y resolución corresponde al ámbito de la competencia del TEEG, tal como dispone el artículo 391 de la ley electoral local.

Raúl Luna Pavón, integrante de la agrupación, anunció que acudirán al TEEG para impugnar la resolución.