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MODIFICAN EL CÓDIGO CIVIL DE GUANAJUATO

Aprueban reformas en patria potestad y alimentos de adultos mayores

También sobre matrimonio y derecho a la identidad

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Aprueban reformas en patria potestad y alimentos de adultos mayores
Aprueban reformas en patria potestad y alimentos de adultos mayores

Guanajuato, Gto.  El Pleno del Congreso local aprobó reformas al Código Civil estatal, relativas a cinco iniciativas, presentadas por diferentes grupos y representaciones parlamentarias, en materia de patria potestad, matrimonio, derecho de identidad y derecho a alimentos para adultos mayores.

Patria Potestad

Con esta reforma se establece quien haya perdido la patria potestad por el incumplimiento de la obligación alimentaria, podrá recuperarla cuando demuestre no tener adeudos en el pago de la pensión y otorgue garantía anual sobre el cumplimiento de ésta, siempre y cuando no se trastoque el interés superior del menor. No procederá la recuperación de la patria potestad, cuando el menor o incapaz se haya dado en adopción.

Divorcio por mutuo consentimiento

Respecto al tema de divorcio, se integran dos propuestas legales y con ellas se elimina el requisito de un año de matrimonio para poder divorciarse y se establece que los cónyuges que hayan solicitado el divorcio por muto consentimiento podrán reunirse de común acuerdo en cualquier tiempo, siempre que el divorcio no haya sido decretado.

Derecho a la Identidad

La reforma contempla que los padres podrás registrar a los menores en sus lenguas maternas; es decir, en los casos provenientes de lenguas indígenas, el Oficial del Registro Civil estará obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas.

Derechos a alimentos para adultos mayores

La modificación aprobada incluye a los adultos mayores como sujetos que gozan de la presunción de necesitar alimentos.

Posicionamientos a favor

Para hablar a favor, hizo uso de la tribuna la diputada Jéssica Cabal Ceballos destacó las bondades de cada una de las reformas planteadas e hizo énfasis es lo relativo a la patria potestad.

“La propuesta de que los ascendientes puedan recuperar la patria potestad cuando cumplan con sus obligaciones de dar alimentos, se encuentra en consonancia con el principio fundamental de interés superior del niña, niño y adolescente, lo que exige adoptar un enfoque basado precisamente en este derecho primordial de la infancia, a vivir en familia, al ser la patria potestad un derecho elemental superior de las niñas, los niños y los adolescentes, y la pérdida de ésta un perjuicio a su persona”, subrayó.

Para finalizar, dijo que las reformas planteadas no incidían sólo en la protección de los derechos humanos de los guanajuatenses, sino en la actualización y fortalecimiento de instituciones civiles como son: la familia, la patria potestad, el divorcio, el registro de nacimientos y los alimentos para adultos mayores.

Por su parte, el legislador Jaime Hernández Centeno manifestó que estaba a favor de la iniciativa que promueve la posibilidad de recuperar la patria potestad; que era relevante legislar sobre el derecho de los padres a otorgarle a sus hijos e hijas un nombre indígena; y que resultaba necesario fortalecer la obligación recíproca de padres e hijos de darse alimentos.

“En Movimiento Ciudadano consideramos imperante que quienes participamos de la labor legislativa promovamos leyes que beneficien a los ciudadanos, encaminando nuestro trabajo en pro de estos”, destacó.

Finalmente, apuntó que con la reforma que elimina el plazo para disolver el vínculo matrimonial por mutuo consentimiento, se reconoce el libre desarrollo de la personalidad de los cónyuges, al permitir que puedan promover en cualquier momento el divorcio, sin tener que esperar un tiempo determinado. Lo mismo aplica para quienes decidan volver a solicitarlo después de una reconciliación.

En su oportunidad, el diputado Víctor Manuel Zanella Huerta quien precisó que las modificaciones propuestas en materia de patria potestad, alimentos para adultos mayores, divorcio por mutuo consentimiento, y el respeto a la voluntad de los padres para elegir un nombre de raíz indígena para sus hijos, traerán múltiples beneficios para la ciudadanía guanajuatense.

El congresista destacó lo relativo al fortalecimiento de la obligación recíproca entre los padres e hijos de darse alimentos, recurriendo al mecanismo de la presunción de necesidad que, dijo, actualmente ya aplica en el caso de los menores, las personas con discapacidad, los sujetos a estado de interdicción y el cónyuge o concubinario que se dedique al hogar.

Afirmó que, era necesario porque muchas veces, después de toda una vida de trabajo, la mayoría de los adultos mayores no contaban con una pensión y en aquellos casos en que si la reciben, la misma resultaba insuficiente para satisfacer siquiera sus necesidades elementales.

“Los adultos mayores se encuentran en desventaja económica, y no sólo eso, también enfrentan detrimentos sociales y laborales, enfermedades, y discapacidades; con ello, disminuye su autonomía, se limitan sus relaciones, y son parte del esquema de vulnerabilidad que caracteriza su vida cotidiana”, subrayó.

Finalmente, señaló que los adultos en estado de abandono tendrán una herramienta más para acceder a un acto de justicia natural, que es el de apoyar a los padres en la parte final de la vida, del mismo modo en el que ellos apoyan a sus hijos en el inicio de su vida.

Al ser sometido a votación en lo particular, la diputada Celeste Gómez Fragoso se reservó la fracción VI del artículo 497 y dijo que, interés superior de los menores siempre debe garantizarse, por lo que planteó que se modificar la redacción del citado artículo para quedar de la siguiente manera: quien haya perdido la patria potestad por el incumplimiento de la obligación alimentaria, podrá recuperarla cuando demuestre no tener adeudos en el pago de la pensión y otorgue garantía anual sobre el cumplimiento de ésta, siempre y cuando no se trastoque el interés superior del menor. No procederá la recuperación de la patria potestad, cuando el menor o incapaz se haya dado en adopción.

Por su parte, el diputado José Huerta Aboytes propuso reformas en el artículo 66, a fin de clarificar la redacción del artículo para quedar que, en los casos provenientes de lenguas indígenas, el Oficial del Registro Civil estará obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a dichas lenguas.

Ambas reservas fueron aprobadas.