sábado. 20.04.2024
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Ortografía de los nombres propios

"Con demasiada frecuencia se asegura que los nombres propios no tienen ortografía..."
Ortografía de los nombres propios

 

Con demasiada frecuencia se asegura que los nombres propios no tienen ortografía. Eso es una una interpretación errónea. Los nombres propios personales también se rigen por la ortografía, pero existe la libertad de nombrar a nuestros hijos del modo que deseemos. Nuestro nombre será el que quedó anotado en el acta oficial que elaboró el Registro Civil, incluyendo las barbaridades —intencionales o por desconocimientos—. Pero esa libertad no invalida las reglas, solo demuestra que no fueron aplicadas por alguna razón.

Por ejemplo, hay quienes creen llamarse María, pero el registro solo presenta dos letras, se llaman Ma., no María, ni Macaria o Magdalena. Lo mismos sucede con los J. Luz. Nada respalda que la J. puedo haber sido un intento de referir a José, Juan, Jorge o Joaquín. No obstante, como no enuncia uno en particular, simplemente es J, tanto como Ma. es simplemente la sílaba ma.

Incluso, si en otro instrumento legal no se enuncia el nombre de forma idéntica al de registro, pues simplemente no es la misma persona.

Como cualquier palabra de nuestro idioma, los nombres se regulan por las reglas ortográficas. Uno de los principios básicos del español es que las grafías o letras deben reflejar el sonido. Por ello, quien se llame Jhonnatan, ese será su nombre y no Yónatan, porque la jota en español no tiene el sonido de la Y o de doble L. Por tanto, si el nombre, está escrito con jota, debe pronunciarse así, con sonido jota. Las yésicas o las yoselines deberían buscar la forma legal de cambiar su nombre para que verdaderamente sean como pretendieron sus padres al registrarlas o como las y los interesados quieran se enuncie.

Por esta razón, los padres de familia debemos evitar sofisticaciones en el nombre de nuestros hijos. Es respetable la libertad de nombrar como queramos a nuestros hijos, pero debemos prever las consecuencias en el uso del idioma. Entre más refleje el sonido de pronunciación del nombre, mejor.

Por esa misma razón, también debería evitarse la combinación propia de otros idiomas y totalmente lejana al español. Nuestro idioma no cuenta con la combinación de las consonantes th para nombres como Rut o Elízabet.

De igual forma, si un nombre termina con sonido i, no recae el tono fuerte de la palabra en la última sílaba y antes tiene una vocal, deberá escribirse con Y, como en Eloy; pero si antes hay consonante, aplica la vocal. Así, por ejemplo, el nombre Noemí se escribe con vocal i al final, porque hay tono fuerte de palabra y antes hay consonante. De ahí que el nombre náhuatl Nayeli (que significa mi corazoncito) debió registrarse con vocal. Al escribirla con consonante se violó una norma gramatical.

Por último, en las normas se incluyen los acentos gráficos. Los nombres Óscar y Ángel dejará de pronunciarse así para quedar la tonalidad fuerte en la última sílaba y no en la primera, como solemos enunciar si no se registra el acento gráfico. Las reglas ortográficas no hacen excepciones, somos los seres humanos los que solemos violar las normas.