martes. 24.06.2025
El Tiempo
Es lo Cotidiano

Aprueba el Pleno la Ley Anticorrupción en Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato.

Aprueba el Pleno la Ley Anticorrupción en Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato.

Guanajuato, Gto. El Pleno de la LXII Legislatura aprobó este jueves la Ley Anticorrupción en Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato.

Este trabajo legislativo forma parte de los esfuerzos en la lucha contra la corrupción y en el fomento de la probidad y la transparencia en el funcionamiento de la administración pública estatal y municipal, y los particulares inmersos en contrataciones públicas.

En ese sentido, señala el dictamen aprobado en su exposición de motivos, la importancia de esta legislación radica en que actualmente no se podía sancionar desde un punto de vista administrativo a los particulares que cometieran actos de corrupción en los procesos y contrataciones públicas, posibilidad que se elimina con este sistema.

La iniciativa fue presentada por el Ejecutivo estatal, y en su proceso legislativo se analizó en mesas de trabajo y se recibieron las observaciones y comentarios de varios ayuntamientos y del Observatorio Ciudadano del municipio de León.

Los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales consideran que con esta ley se contribuirá a la aplicación correcta y eficaz de otros instrumentos legales locales, logrando así el cumplimiento de los principios de transparencia y legalidad que los servidores públicos deberán de observar cuando intervengan en las contrataciones públicas.

Aspectos de la ley aprobada

Es objeto de esta Ley establecer las responsabilidades y sanciones que deban imponerse a los sujetos de la misma, por las infracciones en que incurran con motivo de su participación en las contrataciones públicas de carácter estatal o municipal previstas en ésta. Además, regular el procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades por la participación en ese tipo de contrataciones.

Define también a los sujetos de la Ley:

  1. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera, que aprticipen en las contrataciones públicas de carácter estatal o municipal, en su carácter de interesados, licitantes, invitados, proveedores, adjudicados, contratistas, permisionarios, concesionarios o análogos; y
  2. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera, que en su calidad de accionistas, socios, asociados, representantes, mandantes o mandatarios, apoderados, comisionistas, agentes, gestores, consultores, subcontratistas con personalidad jurídica y vínculo debidamente acreditado en las contrataciones públicas, empleados o que en cualquier otro carácter intervengan en las mismas materia de la presente ley, a nombre, por cuenta o en interés de las personas a que se refiere la fracción anterior.

Se establece además que los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas de carácter estatal y municipal, estarán sujetos a responsabilidad en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

El texto legal contiene la ética a observarse por parte de los sujetos de la ley, el tipo de infracciones que generarán responsabilidad, el procedimiento administrativo sancionador, así como las sanciones administrativas que deberán imponerse ante la comisión de infracciones.

A favor de este dictamen, el diputado Óscar Arroyo Delgado expuso como punto esencial de este nuevo marco jurídico, el hecho de que actualmente no se puede sancionar por la vía administrativa a los particulares que cometen actos de corrupción en los procesos y contrataciones públicas

Esta ley faculta a la autoridad estatal y municipal para que puedan actuar en consecuencia, pues establecen las responsabilidades y sanciones que deben imponerse cuando se cometan las infracciones contempladas. “Recordemos que para que exista la corrupción se requiere de dos partes”, señaló.

Además, de conformarse los órganos de control interno para interpretar y aplicar esta Ley, se contemplan las sanciones para quienes contravengan las disposiciones legales. En el supuesto de las sanciones económicas van de mil hasta dos millones de veces el salario mínimo y en el supuesto de las inhabilitaciones para participar en contrataciones públicas en el caso de personas físicas, van de 6 meses a 8 años y para las personas morales de 6 meses a 20 años.

Tras hacer un reconocimiento a legisladores y ciudadanos que participaron en este proceso, Arroyo Delgado dijo que este trabajo legislativo contribuye a la lucha permanente que debemos tener para erradicar la corrupción y fomentar la transparencia en el actuar de las autoridades.