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Aprueban en comisiones reformas al Código de Desarrollo Urbano de León

Serán votadas en el Ayuntamiento este jueves 22

Presidencia Municipal de León, Guanajuato
Presidencia Municipal de León, Guanajuato
Aprueban en comisiones reformas al Código de Desarrollo Urbano de León

León, Guanajuato. Tras haber realizado diversas mesas de trabajo y después de obtener la opinión de diversos sectores, gremios y cámaras, fueron aprobadas en Comisiones Unidas de Gobierno y Desarrollo Urbano las modificaciones al Código Reglamentario de Desarrollo Urbano.

Tolerancia de 30 minutos para establecimientos que cobren estacionamiento, delimitación obligada de distancias entre gasolineras (mil metros) y centros de concentración masiva (50 metros), regulación para anuncios espectaculares, actualización en superficies que los condominios deben donar al municipio, designación de la Dirección de Movilidad como autoridad competente para emitir manifestación de impacto ambiental, y el establecimiento de criterios sobre densificación de las construcciones, son algunos de los ajustes aprobados.

Los miembros de las comisiones, así como el personal de las Direcciones Generales de Función Edilicia, Desarrollo Urbano, Economía y del Implan, consolidaron el proyecto, que entre las principales modificaciones contempla:

  1. Se implementan obligaciones para establecimientos que cobren cuotas de recuperación por el uso de estacionamiento y se delimita una tolerancia de treinta minutos sin costo a sus clientes; siendo principalmente las siguientes:
  1. Contar con póliza de seguro de responsabilidad por robo de vehículos que cubra la totalidad del número de cajones del inmueble.
  2. Contar con equipo de vigilancia electrónico o video que permita identificar las placas de los vehículos que ingresan y grabar su estancia.
  1. Tomando como base la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-01-ASEA-2015, se incluyen las distancias a considerar entre una estación con servicio de gasolina o diésel y los centros de concentración masiva (50 metros radiales), y con otras estaciones similares (1 mil metros lineales).
  2. Para garantizar la seguridad de las y los leoneses se establecen regulaciones específicas para los anuncios, se estipula que los espectaculares sean autosoportados y se incluyen normas para su ubicación, fijación, instalación; además, se prohíbe la instalación de este tipo de anuncios en las azoteas de los inmuebles, en zonas patrimoniales y muros colindantes.
  3. Se actualiza el porcentaje de la superficie de áreas de donación que los desarrollos en condominio se deben otorgar a favor del Municipio.
  4. Se fortalece la regulación relativa a la instalación de antenas e infraestructura de telecomunicaciones.
  5. Se determina como autoridad competente para emitir la Manifestación de Impacto vial a la Dirección General de Movilidad.
  6. Se establecen criterios para elevar la densificación de las construcciones de manera ordenada, buscando un mayor y mejor aprovechamiento del espacio urbano edificable.
  7. Las estaciones de servicio de gas natural comprimido para uso automotor se integran a las actividades especiales contempladas por el Código, reservando su aprobación al Ayuntamiento.

El ordenamiento será sometido a la aprobación del Ayuntamiento en la sesión de pleno que tendrá lugar este 22 de febrero.