martes. 23.04.2024
El Tiempo
Es lo Cotidiano

SE REQUERÍAN POR LO MENOS 4 MIL 314 APOYOS

Da por cubiertas IEEG firmas necesarias para realizar plebiscito sobre nuevo museo de las momias en Guanajuato

Descartan realización de audiencia para confirmarlo
nuevo museo de momias
Nuevo Museo de las Momias en Guanajuato
Da por cubiertas IEEG firmas necesarias para realizar plebiscito sobre nuevo museo de las momias en Guanajuato

Guanajuato. La Comisión de Participación Ciudadana del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), por mayoría de votos, determinó innecesario llevar a cabo la diligencia de garantía de audiencia establecida por el artículo 57 de los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para solicitar mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato, en virtud de que en la solicitud de plebiscito las personas solicitantes cumplieron con el umbral de porcentaje de apoyo de la ciudadanía establecido.

El 7 de marzo de 2022, ciudadanas y ciudadanos presentaron ante la Secretaría del Ayuntamiento de Guanajuato, una solicitud de plebiscito respecto de la decisión tomada por el Ayuntamiento de Guanajuato en la sesión ordinaria del 21 de enero del año en curso, relativa a contratar deuda pública sin la aprobación de la ciudadanía.

El 12 de marzo de 2022, en sesión extraordinaria, la Comisión de Participación Ciudadana aprobó el acuerdo mediante el cual se radicó la solicitud mencionada y se ordenó a la Secretaría proceder a su registro con el número 001/Plebiscito/Ciudadanía Guanajuato/2022.

El 15 de marzo de 2022, mediante oficio SE/261/2022, se solicitó a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE) su colaboración para efectos de que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) llevara a cabo la revisión del apoyo de la ciudadanía del municipio de Guanajuato, teniendo como corte la lista nominal de electores al 28 de febrero de 2022, el cual fue remitido por el IEEG en medio digital con la información obtenida de la revisión de las cédulas físicas.

El 19 de marzo de 2022, la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del INE, remitió correo electrónico del secretario técnico normativo de la DERFE, por el cual hizo del conocimiento al Instituto el resultado de la revisión del apoyo ciudadano.

Derivado del análisis de la información remitida por la Dirección de Productos y Servicios Electores de la DERFE, relacionada con la captación de apoyos de la ciudadanía a través de la aplicación móvil, se concluyó que la ciudadana Paloma Robles Lacayo y el ciudadano Eduardo Castro Guzmán quienes forman parte de las personas que suscribieron la solicitud de plebiscito, captaron cero apoyos en dicha aplicación.

Recibida la información por parte la DERFE, se analizaron los resultados obtenidos por dicha autoridad electoral nacional con base en la información recopilada por la mesa de control del IEEG, derivando lo siguiente:

Respaldo de la ciudadanía

Cantidad

Requerido

4,314

Recabado

6,805

No válido

2,366

Válido

4,439

 

De lo anterior, se desprende que la cantidad de apoyos válidos supera el tres por ciento del respaldo de la ciudadanía requerido por el artículo 30, fracción II, de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.

El total del respaldo de la ciudadanía válido suma la cantidad de 4 mil 439, lo que equivale al 3.08% de la lista nominal de electores del municipio de Guanajuato.

Toda vez que las personas solicitantes cumplieron con el porcentaje de apoyo de la ciudadanía previsto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato y, por ende, se tiene por colmado el requisito de procedibilidad previsto en dicho numeral, a consideración de la Comisión de Participación Ciudadana, a ningún fin práctico conduciría el desahogo del procedimiento previsto en el artículo 57 de los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para solicitar mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato, relativo a la celebración de una diligencia de garantía de audiencia, en virtud de que, independientemente de que algunos de los apoyos recabados resultaron inválidos, ello no constituye obstáculo para tener por cubierto el requisito de que se trata, ni causa afectación alguna a los solicitantes, ya que el porcentaje de apoyo ciudadano se tiene por satisfecho.

En ese tenor, la Comisión de Participación Ciudadana determinó innecesario llevar a cabo la diligencia referida en los artículos 57 y 58 de los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para solicitar mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.