Descarta el Tribunal Electoral violencia política de género contra regidora

El TEEG determinó que las críticas hacia el desempeño de servidores públicos en redes sociales están protegidas por la libertad de expresión.
Expresiones en Cabildo y redes sociales fueron críticas a su actuar como servidora

Guanajuato, Guanajuato. – En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-04/2026, interpuesto por una regidora en contra de un compañero del cuerpo edilicio.

La denunciante señalaba presuntas expresiones violentas realizadas durante sesiones del Ayuntamiento y en una publicación de Facebook, considerando que dichos actos constituían violencia política contra las mujeres en razón de género.

Resolución del Tribunal

El Tribunal determinó, por unanimidad, la inexistencia de la infracción bajo los siguientes argumentos:

  • Redes Sociales: Se concluyó que la publicación en Facebook consistió en una crítica a la actuación de la denunciante como servidora pública y no por su condición de mujer, lo cual está amparado por el derecho a la libertad de expresión.

  • Sesiones de Cabildo: Las manifestaciones realizadas en el interior del recinto no tuvieron como fin menoscabar los derechos político-electorales de las mujeres ni reprodujeron estereotipos de género; por el contrario, se calificaron como llamados al orden propios del debate legislativo.

En el desarrollo de la sesión estuvieron presentes la magistrada presidenta, Yari Zapata López; los magistrados Juan Antonio Macías Pérez y Pablo Roberto Sharpe Calzada; así como el secretario general, Alejandro Javier Martínez Mejía.