PEPNNA Guanajuato celebra decisión de la Suprema Corte para fortalecer protección de niñas, niños y adolescentes frente al bullying
Guanajuato, Guanajuato. La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió y resolvió a favor un recurso de revisión que presentó la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PEPNNA Guanajuato) en defensa de los derechos de un niño víctima de burlas, maltratos y agresiones dentro de su centro escolar.
El caso se originó cuando una madre, por su propio derecho y en representación de su hijo, promovió un juicio ordinario debido a las agresiones sufridas por el infante.
Aunque en primera instancia el juzgado determinó que la acción había prescrito, la Sala correspondiente revocó dicha decisión al considerar que la acción no estaba prescrita y que efectivamente sí se acreditaba el bullying. Sin embargo, la parte demandada promovió un amparo directo y el Tribunal Colegiado resolvió que no se acreditaba la existencia de acoso escolar.
Ante ello, PEPNNA Guanajuato interpuso un recurso de revisión, al estimar que la resolución del Tribunal Colegiado se apartaba de la normatividad internacional de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La Suprema Corte reconoce la importancia de juzgar con perspectiva de infancia
La Presidencia de la Suprema Corte decidió admitir el recurso, subrayando la importancia de realizar un análisis bajo el principio de interés superior de la niñez, la progresividad de los derechos humanos y la obligación de interpretar los hechos conforme a la normatividad internacional en materia de protección de las infancias.
En sesión celebrada el 3 de diciembre, el Pleno de la SCJN aprobó por unanimidad el proyecto, estableciendo:
Que el Tribunal Colegiado aplicó de manera incorrecta un criterio previo de la Suprema Corte sobre bullying, lo que derivó en una evaluación inadecuada de las conductas denunciadas.
Que no es necesario que los actos de violencia tengan la misma naturaleza para acreditar la existencia de bullying.
Que las autoridades deben analizar estos casos desde el interés superior de las infancias y adolescencias, con diligencia reforzada y enfoque de protección integral.
Este criterio de la Suprema Corte representa un avance trascendental, pues reafirma que el bullying es una forma de violencia que exige que todas las autoridades coloquen el interés superior de la niñez en el centro de su análisis y actuación.