Rechaza justicia federal reducir gravedad a violación de alumna por profesor de secundaria

León, Gto. La Justicia Federal rechazó conceder un amparo promovido por el profesor Víctor Manuel Anguiano Hernández, maestro de Educación Física de la secundaria Piloto en la capital del estado, el cual interpuso en contra de la decisión del juez de control de oralidad de vincularlo a proceso por violación de una menor de 13 años, su alumna en dicha institución.

La defensa del profesor pretendía conseguir que la vinculación a proceso se diera por un delito menor.

Estos hechos y el presunto responsable fueron denunciados públicamente por el padre de la menor víctima, quien además interpuso la denuncia penal ante el Ministerio Público el mismo día en que sucedieron, el 28 de abril del 2014.

El maestro de Educación Física se encuentra en prisión preventiva y sujeto a proceso penal, tras su detención el 15 de mayo del año pasado.

El juicio de amparo en revisión penal promovido por los abogados del inculpado, fue resuelto por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, el cual confirmó la decisión tomada por el magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, Víctor Federico Pérez Hernández, de llevar al maestro a juicio oral por violación.

Los magistrados del Tribunal Colegiado determinaron también que fue correcta la decisión del Juez de distrito de negar al quejoso el amparo solicitado en contra del auto de vinculación emitido en su contra, puesto que existió el hecho considerado como delito y que este fue cometido probablemente por el imputado, al considerar establecidas, tanto por la declaración de la menor como por otros testimonios y peritajes aportados, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que el profesor de Educación Física pudo haber cometido la conducta sexual que se le imputa.           

Al ratificar el valor probatorio del dicho de la víctima, los magistrados concluyeron que “se advierte una acusación clara, contundente y precisa” de la agresión sexual que sufrió y que su declaración “merece credibilidad”, criterio que queremos destacar, ya que hasta ahora, en su actuación todas las autoridades de la procuración e impartición de justicia estatales y federales que han atendido el caso han dado credibilidad al dicho de la menor.

Por ende, el auto de vinculación a proceso es legal, puesto que “los datos objetivos probados, como el propio inconforme lo reconoce, sumados al dicho de la víctima, son suficientes para sostenerlo”, indica el Tribunal Colegiado en su resolución definitiva, aprobada por unanimidad por los integrantes, magistrados Jorge Luis Mejía Perea, Roberto Hoyos Aponte (quien elaboró la resolución) y Alberto Augusto de la Rosa.

Además, aunque el inculpado tiene en proceso la revisión de otras dos resoluciones del juez de control de oralidad -una de ellas relativa a su inconformidad con el plazo de cierre de investigación- los magistrados del Tribunal Colegiado determinaron que se podrá continuar con el proceso judicial, sin necesidad de suspenderlo en lo que se resuelven tales revisiones.

Por ello, el Supremo Tribunal de Justicia ha fijado el 20 de julio próximo como la fecha para la apertura del juicio de oral.