Filosofía

Tachas 596 • Filosofía crítica de Kant • Gilles Deleuze

Filosofía crítica de Kant • Gilles Deleuze

Gilles Deleuze

 

Primer sentido de la palabra facultad 

Toda representación está en relación con algo distinto de ella, objeto y sujeto. Distinguimos tantas facultades del espíritu como tipos de relación. En primer lugar, una representación puede referirse al objeto desde el punto de vista de la concordancia o de la conformidad: este caso, el más simple, define la facultad de conocer. En segundo lugar, la representación puede entrar en relación de causalidad con su objeto. Es el caso de la facultad de desear: «facultad de ser, con sus representaciones, causa de la realidad de los objetos de tales representaciones». (Se objetará que hay deseos imposibles; pero, en este ejemplo, la representación como tal lleva implícita una relación causal, aunque choque con otra causalidad que la contradiga. La superstición muestra de modo suficiente que ni siquiera la conciencia de nuestra impotencia «puede poner freno a nuestros esfuerzos»[1].) Por último, la representación está en relación con el sujeto en la medida en que produce en él un efecto, en la medida en que lo afecta, ya intensificando su fuerza vital, ya obstaculizándola. Esta tercera relación define, como facultad, el sentimiento de placer y de dolor

Quizá no haya placer sin deseo, deseo sin placer, placer ni deseo sin conocimiento, etcétera. Pero ésta no es la cuestión. No se trata de saber cuáles son las mezclas de hecho. Se trata de saber si cada una de estas facultades, tal como se la define en derecho, es capaz de una forma superior. Se dice que una facultad tiene una forma superior cuando encuentra en sí misma la ley de su propio ejercicio (aun cuando de esta ley se desprenda una relación necesaria con alguna de las otras facultades). En su forma superior, pues, una facultad es autónoma. La crítica de la razón pura comienza con la pregunta: ¿hay una facultad superior de conocer? La crítica de la razón práctica, con la pregunta: ¿hay una facultad superior de desear? La crítica del juicio, a su vez, con ésta: ¿hay una forma superior del placer o del dolor? (Durante mucho tiempo, Kant no creyó en esta última posibilidad.) 

 

 

Facultad superior de conocer 

Una representación no basta por sí misma para constituir un conocimiento. Para conocer algo no sólo hace falta tener una representación, sino también salir de ella «para reconocer la existencia de otra, a ella enlazada». El conocimiento es, pues, síntesis de representaciones. «Pensamos encontrar fuera del concepto A un predicado B, extraño a ese concepto, pero con el que creemos estar obligados a vincularlo»; del objeto de una representación afirmamos algo que no está contenido en la representación misma. Ahora bien, esa síntesis se presenta en dos formas: a posteriori, cuando depende de la experiencia. Si digo «esta línea recta es blanca», se trata sin duda de la confluencia de dos determinaciones indiferentes: no toda línea recta es blanca, y la que lo es, no lo es necesariamente. 

Por el contrario, cuando digo «la línea recta es el camino más corto» o «todo lo que cambia tiene una causa», efectúo una síntesis a priori: afirmo B de A como necesaria y universalmente ligado a él. (B, por tanto, es una representación a priori; en cuanto a A, puede serlo o no.) Los caracteres del a priori son lo universal y lo necesario. Pero el a priori se define como independiente de la experiencia. Es posible que el a priori se aplique a la experiencia y, en ciertos casos, que sólo se aplique a ella; pero no deriva de ella. Por definición, no hay experiencia que corresponda a las palabras «todos», «siempre», «necesariamente»... El [camino] más corto no es un comparativo ni el resultado de una inducción, sino una regla a priori por la cual produzco una línea como línea recta. Causa no es tampoco el producto de una inducción, sino un concepto a priori por el cual reconozco en la experiencia algo que ocurre. 

Mientras la síntesis sea empírica, la facultad de conocer aparece en su forma inferior: encuentra su ley en la experiencia y no en sí misma. Pero la síntesis a priori define una facultad superior de conocer. En efecto, esta facultad no se rige por los objetos que le darían una ley; por el contrario, la síntesis a priori atribuye al objeto una propiedad que no estaba contenida en la representación. Por tanto, es preciso que el objeto esté sometido a la síntesis de la representación, que se rija por nuestra facultad de conocer, y no a la inversa. En consecuencia, cuando la facultad de conocer encuentra en sí misma su ley, legisla sobre los objetos de conocimiento. 

Por este motivo, la determinación de una forma superior de la facultad de conocer es al mismo tiempo la determinación de un interés de la razón: «Conocimiento racional y conocimiento a priori son cosas idénticas», o los juicios sintéticos a priori son los principios de lo que debiera llamarse «ciencias teóricas de la razón»[2]. Un interés de la razón se define mediante aquello por lo cual la razón se interesa en función del estado superior de una facultad. La razón experimenta naturalmente un interés especulativo; y lo experimenta por los objetos que están necesariamente sometidos a la facultad de conocer en su forma superior

Si ahora nos preguntamos qué objetos son esos, advertimos de inmediato que sería contradictorio responder «las cosas en sí». ¿Cómo una cosa tal como es en sí podría estar sometida a nuestra facultad de conocer y regida por ella? En principio, eso sólo es posible para los objetos tal como aparecen, esto es, para los «fenómenos». (Así, en la Crítica de la razón pura, la síntesis a priori es independiente de la experiencia, pero se aplica únicamente a los objetos de la experiencia.) Se advierte, pues, que el interés especulativo de la razón recae naturalmente en los fenómenos y sólo en ellos. No se crea que Kant necesita largas demostraciones para llegar a este resultado; por el contrario, es un punto de partida de la crítica, más allá del cual comienza el verdadero problema de la crítica de la razón pura. Si no hubiera algo más que interés especulativo, sería harto dudoso que la razón se comprometiera jamás en consideraciones sobre las cosas en sí.

 

Facultad superior de desear 

La facultad de desear supone una representación que determine la voluntad. Pero, esta vez, ¿basta con invocar la existencia de las representaciones a priori para que la síntesis de la voluntad y la representación sea también ella a priori? La verdad es que el problema se plantea de otra manera. Aun cuando una representación sea a priori, determina la voluntad por intermedio de un placer enlazado al objeto que representa: la síntesis, por tanto, sigue siendo empírica o a posteriori; la voluntad sigue determinada de manera «patológica» y la facultad de desear continúa en un estado inferior. Para que ésta acceda a su forma superior es menester que la representación deje de ser una representación del objeto, incluso a priori. Es menester que sea la representación de una forma pura. «Si, por abstracción, se elimina de una ley toda la materia, es decir, todo objeto de la voluntad como principio determinante, lo único que queda es la simple forma de una legislación universal»[3]. La facultad de desear es, pues, superior, y la síntesis práctica que le corresponde es a priori, cuando la voluntad ya no está determinada por el placer, sino por la simple forma de la ley. Entonces, la facultad de desear ya no encuentra su ley fuera de sí misma, en una materia o en un objeto, sino en sí misma: se dice que es autónoma[4].

En la ley moral, la razón determina por sí misma la voluntad (sin la intermediación de un sentimiento de placer o de dolor). Por tanto, hay un interés de la razón correspondiente a la facultad superior de desear: interés práctico, que no se confunde ni con un interés empírico, ni con el interés especulativo. Kant no deja de recordar que la razón práctica es profundamente «interesada». Por eso presentimos que la crítica de la razón práctica se desarrollará paralelamente a la crítica de la razón pura: se trata ante todo de saber cuál es la naturaleza de ese interés y sobre qué versa. Es decir: puesto que la facultad de desear encuentra en sí misma su ley, ¿en qué recae esta legislación? ¿Cuáles son los seres o los objetos que se encuentran sometidos a la síntesis práctica? No obstante, no se excluye que, a pesar del paralelismo de las preguntas, la respuesta sea aquí más compleja que en el caso precedente. Se nos permitirá pues postergar el examen de esta respuesta. (Más aún: se nos permitirá provisionalmente no examinar la cuestión de una forma superior del placer y del dolor, pues el sentido de esta cuestión supone las otras dos críticas.) 

Bastará con que retengamos el principio de una tesis esencial de la crítica en general que dice lo siguiente: hay intereses de la razón que son de diferente naturaleza. Estos intereses constituyen un sistema orgánico y jerarquizado que no es otro que el de los fines del ser racional. Ocurre que los racionalistas sólo retienen el interés especulativo: consideran que los intereses prácticos se desprenden simplemente de ellos. Pero esta inflación del interés especulativo tiene dos consecuencias lamentables: la confusión acerca de los verdaderos fines de la especulación y, sobre todo, la reducción de la razón a uno solo de sus intereses. Con el pretexto de desarrollar el interés especulativo, se mutila la razón en sus intereses más profundos. De acuerdo con el primer sentido de la palabra «facultad», la idea de una pluralidad (y de una jerarquía) sistemática de intereses domina el método kantiano. Esta idea es un verdadero principio: el principio de un sistema de fines. 


 

 

(Texto aparecido en Deleuze, Gilles.  Filosofía crítica de Kant. Editorial Cátedra. 2008, y cedido por los editores para esta publicación en Tachas.)

 






 

 

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Gilles Deleuze.
 (Paris, 1925 - 1995) Filósofo francés, considerado entre los más importantes e influyentes del Siglo XX. Desde 1953 hasta su muerte, escribió numerosas obras filosóficas sobre la historia de la filosofía, la política, las matemáticas, la literatura, la música, el teatro, el cine y la pintura. También fue un reconocido profesor de filosofía hasta su jubilación en 1988.



 

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[1]    CJ. Introducción, § 3. 

[2]    CRPr, Prefacio; CRP, Introducción, 5. 

[3]    CRPr, Analítica, teorema 3 

[4]    Para la Crítica de la razón práctica remito a la introducción de M. Alquié en la edición de Presses Universitaires de France y al libro de M. Vialatoux en la colección «SUPInitiation philosophique».