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01/07/13

Nuestro dinero para pagar multas de ineptos

Nuestro dinero para pagar multas de ineptos

Multa, “sanción administrativa o penal que consiste en la obligación de pagar una determinada cantidad de dinero.  La que se reitera por plazos determinados para compeler al infractor al cumplimiento de la obligación que desatiende”. Así se define la palabra multa en el Diccionario de la Lengua Española, de la Real Academia Española.  Lo que quizás no esté claro, pero se da por sentado, es que esos recursos deben provenir del bolsillo del infractor, si no fuera así entonces no habría escarmiento, la sanción perdería toda fuerza.

Traemos esto a colación debido a que hasta ahora sabemos de tres casos en los que el infractor es el mismo gobierno y el criterio que esgrime el tesorero, al menos en uno de ellos, es que las entidades públicas no deben de pagar las faltas con sus recursos, y por lo tanto aplica una reducción en la sanción.

El primer caso corresponde a la multa que en noviembre del 2012 aplicó la Dirección General de Medio Ambiente Sustentable al Patronato de la Feria y Parque Ecológico. Reseñado el asunto con anterioridad, sólo recordaremos que la sanción de $37,811.20 terminó en un pago de $757.22, cantidad que seguramente fue pagada con recursos públicos, dinero de todos nosotros, y que muy probablemente les será señalada en el 2014 cuando sean auditadas las cuentas de este año. 

El segundo caso corresponde a la multa que esa misma Dirección aplicó el 2 de mayo del 2013 a otro patronato, el del Parque Metropolitano de León. Mediante el documento 3129 se les impuso el pago de $5,524.20 por la tala de dos mezquites en el interior del parque, sin contar con la autorización correspondiente. Hasta ahora no sabemos si se ha efectuado el pago por ese importe.

Por último, en la sesión del día 26 de julio de pasado, en la sesión ordinaria del Consejo Directivo del Instituto Cultural de León, al exponer las observaciones que hizo la Contraloría Municipal en la auditoría practicada al Instituto sobre el ejercicio 2012, se detectó una  la multa a la que se hizo acreedora la paramunicipal por el pago extemporáneo de los impuestos al SAT, acción que trató de esconderse contablemente. El importe de la sanción es de $19,659.92. Lo discutido, y aprobado por los miembros del Consejo fue hacer el cargo a otra partida contable para eliminar el gasto.

Lo preocupante de estos casos es que ante la ineficiencia de los servidores públicos se estén usando los recursos públicos para atender las sanciones producto de una mala administración. Todos los ciudadanos, al incumplir algún precepto y hacernos acreedores a las sanciones, las pagamos con nuestros recursos. En la iniciativa privada, cuando un empleado incurre en una falta que es sancionada por la autoridad, asume el pago de la misma con sus propios recursos. ¿Por qué en los tres casos anteriores no ocurre de la misma manera? ¿Qué tan confiable es una paramunicipal ciudadanizada, que de manera colegiada decide atender las faltas de la manera reseñada? Consideramos que aunque se trate de paramunicipales, la observancia irrestricta de las leyes es un principio básico. El gobierno no debe ser infractor;  debe de predicar con el ejemplo del respeto irrestricto de las leyes, reglamentos y cuanta norma exista. Los recursos públicos son para la operación de los servicios que prestan cada una de esas entidades; no son para el pago de las ineficiencias, ineptitudes ni para solapar la ignorancia de los servidores públicos, sean éstos asalariados u honoríficos.

Por último, lamentamos que los ciudadanos de los consejos se anden convirtiendo en cómplices de las ineficiencias, y anden buscando la manera de eliminar contablemente las partidas, dilapidando el recurso público que, hay que recordárselos, no es suyo, sino de todos.

Un dato adicional, digno de atención: la reunión del Consejo del Patronato de la Feria del mes de junio, de manera poco amable, Claudia González Pulido, que funge como asistente del Director General de la Feria de León, retiró a una ciudadana que estaría como observadora en la reunión. Habrá que aclarar a los miembros del ese consejo que todo ciudadano tiene derecho a estar presente cuantas reuniones haya de ese y de cualquier otro consejo ciudadano, de todas las entidades públicas, aunque sean paramunicipales, y no está sujeto a su gusto o entendimiento; es obligatorio.