Propaganda electoral, sonreír para la foto

"¿Es pues legal que un ciudadano quite propaganda que no cumpla con estas exigencias? Lo recomendable será siempre denunciar el hecho a las autoridades competentes, pero en estricto sentido, nada lo prohíbe"

Propaganda electoral, sonreír para la foto

 

 

 

 

 

 

 

Con una pena interior y una risa exterior, el otro día vi un meme sobre las campañas electorales. Era una foto de la clásica película de Frankenstein en el que el semihombre, mostrando su lado humano y enternecido, ofrecía una flor a una niña. La chiquilla le decía, “pensé que eras un monstruo”, a lo que el personaje respondía “Lo soy, sólo que ando en campaña electoral.”

Me resulta difícil el tema. Soy consejero electoral del INE, lo cual significa que sigo apostando por la organización de las elecciones como momento toral de la construcción democrática; y por otra parte, entiendo de los hartazgos ciudadanos respecto a las campañas electorales. Yo mismo levanto las cejas cuando reiteran hasta el absurdo un mensaje electorero, o cuando me sonríe y me habla en primera persona alguien que no conozco pero que está dispuesto a “dar la vida por mí” a cambio de mi voto.

Hay dos responsabilidades principales en toda esta implicación: la de los partidos políticos que debieran dar cursos de sonrisas sinceras a sus candidatos, y la de los ciudadanos, que no por mucho quejarse, sus pantallas, bocinas o calles, se verán libradas de propaganda mal hecha, indeseable o hasta ilegal.

Es claro que los partidos quieren hacer lo suyo: vender propuestas para cosechar adeptos. Están además, en su derecho de promoverlo por todos los medios que la ley les permita. Pero también está, de parte de la ciudadanía, el vigilar esa ley y exigir con firmeza cuando ésta no se cumpla.

En más de un lugar, sea electrónico o cafeístico, he escuchado quejas o propuestas acerca de la propaganda política. Las mociones más arriesgadas proponen arrancar las piezas de propaganda que estén infringiendo la ley. En cualquier caso, hay qué conocer la ley. Desde mi parecer como ciudadano, hay dos elementos por subrayar, primero, que no toda propaganda está en tiempo y forma colocada en su justo lugar, y en segundo sitio, que se exige a los partidos, que su propaganda física sea hecha con material reciclable. Resumo a continuación algunos elementos que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgipe.htm exige a los partidos políticos y que conociéndolos, pueden ser útiles para tomar medidas ciudadanas al respecto. El artículo 250 de dicha Ley, refiriéndose a la propaganda en la calle, dice:

a) No podrá colgarse en elementos del equipamiento urbano;

b) Podrá colgarse o fijarse en los bastidores y mamparas de uso común que determinen las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto;

c) No podrá fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico, y

e) No podrá colgarse, fijarse o pintarse en monumentos ni en edificios públicos.

¿Es pues legal que un ciudadano quite propaganda que no cumpla con estas exigencias? Lo recomendable será siempre denunciar el hecho a las autoridades competentes, pero en estricto sentido, nada lo prohíbe. Aconsejo de cualquier modo, no encaramarse a los semáforos, postes o árboles, mejor sacarle una foto y proceder a su denuncia.

Actualmente, además, hay mucha comunicación ciudadana en redes sociales. No es mala idea que las agrupaciones civiles, o simplemente los vecinos de un barrio o colonia, socialicen las infracciones a estas leyes. Esta forma de participación inhibirá a los partidos políticos que no procedan conforme a derecho.

Estoy seguro que desde la vigilancia ciudadana, las sonrisas de los candidatos serán cada vez más sinceras.