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Reforman diputados la legislación civil para proteger el interés superior de los menores

Reforman diputados la legislación civil para proteger el interés superior de los menores

Guanajuato, Gto. El Pleno de la LXII Legislatura aprobó este día reformas a la legislación civil de la entidad en aras de la protección del interés superior de los menores.

 La reforma aprobada adiciona un párrafo al artículo 477 para establecer: “Los que ejercen la patria potestad no podrán imponer castigo corporal o cualquier otro tipo de trato humillante como forma de corrección disciplinaria”.

El dictamen presentado por la Comisión de Justicia plasma las consideraciones, opiniones y sugerencias que presentaron las diferentes instituciones que participaron en el proceso de análisis de la iniciativa, pies por el valor y trascendencia de su contenido fueron el soporte para realizar adecuaciones a la propuesta inicial y dar mayor claridad a su contenido.

A favor de la propuesta intervinieron los diputados Luis Felipe Luna Obregón y Francisco Javier Celio Arceo.

Luna Obregón, luego de recordar el mandato legal que tienen las Legislaturas locales de armonizar el marco jurídico estatal a lo que establece la Ley General de…., señaló que esta reforma ofrece la posibilidad de garantizar la protección efectiva a niñas, niños y adolescentes y hacer efectivo el interés superior de los menores.

Con la prohibición de todo acto de violencia contra los infantes, reflejada en los castigos corporales crueles y degradantes, se complementan las recientes reformas al Código Penal que protegen a los menores en casos de violación y se hace objetiva jurídicamente la protección ampliada de la integridad física y emocional de los menores en Guanajuato, dijo.

Tras manifestar su deseo de que el impacto de esta reforma en la legislación civil se haga extensivo también a la parte educativa, el también presidente de la Comisión de Justicia se pronunció por erradicar la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y dar pasos decisivos en la protección del interés superior de los menores. Erradicar problemas presentes permitirá construir un futuro de justicia en la sociedad, concluyó.

Por su parte, el diputado Francisco Javier Celio Arceo destacó la importancia de fortalecer el marco jurídico para proteger el interés superior de los menores y consideró que incorporar a la legislación civil la prohibición de imponer castigos físicos o tratos degradantes a quienes tienen la patria potestad es un avance en ese sentido.

Esta reforma, sostuvo, no interfiere en el derecho que tienen los padres de familia a corregir a los hijos,  pues lo que busca es que no se afecte la integridad física y emocional de menores aportando elementos para una mayor protección jurídica con el establecimiento de las prohibiciones señaladas.

Destacó el trabajo realizado por la comisión dictaminadora en el proceso de estudio y los ajustes para dar mayor claridad a la propuesta y concluyó señalando que la protección del interés superior de los menores está presente en esta decisión del Congreso del Estado de Guanajuato.

Se archiva iniciativa de reforma al Código Civil en materia de concubinato

En la misma sesión ordinaria se aprobó, por mayoría de votos, el archivo de la iniciativa de reforma al Código Civil en materia de concubinato.

Al discutir el dictamen, las diputadas Ma. Guadalupe Sánchez Centeno, Ma. Guadalupe Torres Rea y Martha Elena Lara Méndez hablaron en contra del mismo.

En su intervención, la legisladora Ma. Guadalupe Sánchez Centeno expuso que el concubinato involucra el reconocimiento legal de otro tipo de unión y conformación de las familias, no sólo el matrimonio, que por tradición y costumbre se ha constituido y regulado como una de las figuras jurídicas de unión en nuestro Código Civil.

Refirió que durante la mesa de trabajo que se realizó para analizar la iniciativa en cuestión, varios magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y catedráticos de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato, coincidieron en que la propuesta legal era viable.

“La finalidad del concubinato es la misma que la del matrimonio, por lo que la vida en común y el desarrollo de la familia se ven reflejados de igual manera en los bienes que adquieren los concubinos para proveerse seguridad, estabilidad y trascendencia a los hijos. Sin embargo, en ningún momento coexiste  en perjuicio del núcleo familiar basado en el matrimonio”, acentuó.

Durante su participación, la diputada Ma. Guadalupe Torres Rea consideró que es necesario legislar sobre el concubinato, ya que es un acierto proponer que, desde el ámbito jurídico, se protejan los valores que subyacen a la conformación de la vida en pareja. Mencionó que es innegable que la dinámica social se ha transformado y se ha moldeado nuevas formas de vínculos sociales y familiares.

Destacó que la propuesta legal trata de reivindicar este vínculo entre las personas, quienes libres de matrimonio, hacen una vida en comunidad y establecen un pacto de ayuda mutua, tienen hijos y hacen su unión del conocimiento de la comunidad en donde desarrollan sus vidas, atendiendo que para que sea reconocido esta unión es necesario que transcurran dos años continuos o más.

“Atrás ha quedado la estructura monolítica y cerrada de la concepción del matrimonio. Nuestra sociedad presenta modos diversos de relaciones humanas. No podemos permanecer neciamente ciegos ante algo que nos rebasa y que incluso conocemos de primera mano”, expresó.

La diputada Martha Elena Lara Méndez consideró que el rechazo a la iniciativa pondría en evidencia la existencia de grupos anclados en instituciones en crisis por su obsolescencia. Mencionó que la evolución social demanda regulaciones jurídicas pertinentes y acciones gubernamentales responsables, y el Estado debe garantizar el adecuado funcionamiento de las nuevas instituciones.

La legisladora expuso que en enero de este año, la Justicia Federal, Salas y Tribunales Colegiados, ha emitido criterios jurisprudenciales que reconocen la evolución de esta institución jurídica para salvaguardar los derechos de los concubinarios y especialmente de su familia.

“Sólo nos corresponde como órgano legislativo regular las instituciones para asegurar el interés común, el bienestar y la paz social, alejándonos de una versión que adopte criterios que atenten contra los derechos fundamentales, en especial contra los derechos humanos”, finalizó.

Por su parte, el diputado Galo Carrillo Villalpando habló a favor del dictamen y expuso que para su grupo parlamentario el periodo de cinco años que actualmente se dispone en el Código Civil para que se actualice la figura del concubinato, es un tiempo suficientemente razonable  para definir si una relación es permanente.

Así mismo, consideró que con una disminución a dos años, como se pretende en la iniciativa, se facilita que una persona pueda tener más de una relación de concubinato, o incluso, la posibilidad de mantener relaciones de este tipo al mismo tiempo, tal como lo mencionan en la iniciativa. Por lo cual dijo, esto provocaría una mayor complejidad e inseguridad en la convivencia de los concubinarios.

“La iniciativa que nos fue propuesta, lejos de fortalecer la figura del concubinato como una forma de convivencia de las relaciones familiares, la disminuye en su esencia y con ello se causa directamente un daño a la familia y a la sociedad en general, siendo aplicable al caso que nos ocupa que pretendiendo hacer un bien, estaríamos en realidad, causando una afectación”, aseguró.