Aplica sanciones el Tribunal Electoral a partidos políticos
Aún corresponden al pasado proceso electoral

Guanajuato, Gto. El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) amonestó a quienes fueran candidatos del Partido Revolucionario Institucional a las presidencias municipales de San Miguel de Allende y Pénjamo por hacer propaganda con imágenes de niños sin contar con los correspondientes consentimientos.
En sesión virtual, el organismo atendió señalamientos contra el PAN y resolvió cuatro procedimientos especiales sancionadores y un Recurso de Revisión.
Trejo Pureco en la mira
En el caso de San Miguel de Allende, el candidato priista en 2021, ahora presidente municipal, Mauricio Trejo Pureco, fue acusado por el Partido Acción Nacional (PAN) de actos anticipados de campaña. difusión de propaganda en tiempo de veda electoral y la existencia de propaganda electoral que vulnera el interés superior de la niñez, acorde con el expediente TEEG-PES-48/2022.
El Tribunal aplicó una amonestación pública al partido y al excandidato porque se demostró la publicación de un video donde aparecen menores de edad, sin que se presentaran los consentimientos de quienes pueden otorgarlo.
Sobre los actos anticipados de campaña, el Tribunal ya había resuelto en procedimientos anteriores que no se acreditaron, por lo que operó la cosa juzgada. Respecto a la difusión de propaganda electoral durante el periodo de veda, no se comprobó que las publicaciones denunciadas se dieran a conocer en el periodo prohibido, lo cual también se determinó en un expediente anterior sin que se aportaran nuevas pruebas.
Dentro del TEEG-PES-61/2022 el PAN y el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) presentaron una denuncia en contra del PRI y de Trejo Pureco por la entrega y distribución de despensas como propaganda política prohibida y la supuesta presión al electorado para obtener el voto. El Tribunal declaró inexistente la infracción a la ley, porque de las pruebas únicamente se corroboró una publicación en Facebook en la que se difundió la presunta entrega de despensas por parte del excandidato y la nota de un solo medio de comunicación es insuficiente para acreditar los hechos.
En Pénjamo, otro caso
El PAN presentó también una denuncia en contra del PRI y de quien fuera su candidato a la presidencia municipal de Pénjamo, Pedro Chávez, así como en contra de dos personas que administraban su cuenta de Facebook materia de la queja por la supuesta difusión de propaganda electoral en esa red social que vulnera el interés superior de la niñez.
Lo anterior quedó estipulado en el TEEG-PES-51/2022. El Tribunal amonestó a una de las personas administradoras debido a que aparecen dos infantes sin el consentimiento de quienes ejercen la patria potestad. En tanto, declaró inexistente la infracción respecto de las demás denunciadas al no acreditarse la falta.
De Morena contra el PAN
En el TEEG-PES-59/2022, el organismo bateó a Morena, partido que denunció a ex candidaturas del PAN a la presidencia municipal de León y Salamanca, así como al ex gobernador del Estado y diversas personas funcionarias del Ejecutivo por propaganda gubernamental para beneficio de sus candidaturas, coacción al voto mediante la entrega del programa social “Vales de grandeza” y difusión del mismo en periodo de campaña electoral a través de medios digitales.
El Tribunal declaró inexistentes las infracciones, pues si bien se verificó el contenido de las ligas de internet, así como el de los videos aportados, no se actualiza la vulneración a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en la implementación y difusión del programa social por parte de Gobierno del Estado como medio de coacción al voto y para beneficio de las candidaturas.
Refrendan palo a Morena
En el TEEG-REV-08/2022, Morena presentó recurso de revisión en contra de la resolución del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), quien le impuso una multa por incumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia.
El TEEG determinó inexistentes las infracciones y confirmó la decisión del IEEG. Morena dijo que solucionó el tema ante el Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato (IACIP). El tribunal consideró que la determinación se dirigió a una persona física por incumplimiento a un requerimiento y no al partido, por lo que el principio de no ser juzgado dos veces por los mismos hechos no se vulneró. Además, se estimaron inoperantes el resto de los agravios expuestos pues solo se mencionan como incongruencia e incoherencia la resolución del Instituto electoral, sin presentar los motivos.
En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, Yari Zapata López, presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; María Dolores López Loza, titular de la Primera Ponencia; el magistrado por ministerio de ley y titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como la secretaria general en funciones, Alma Fabiola Guerrero Rodríguez.