El derecho a la ciudad y los gobiernos locales

“…revertir el sobrio inicio del Derecho a la ciudad en los gobiernos locales, además de dejar registro de los temas de interés, y de la forma en que previsiblemente serán regulados por las autoridades…”

El derecho a la ciudad y los gobiernos locales

El debate internacional promovido por el Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos motivada por la formulación de la Nueva Agenda Urbana, acordada hace 6 meses[1] por los gobiernos nacionales participantes, representa un ejercicio de diversidad de posturas, teorías, enfoques, metodologías y formas de comprensión y actuación ante el reto de lograr la prosperidad urbana, concepto vital que engloba las capacidades, cualidades y calidad de desarrollo urbano consolidado al servicio del ser humano y su desarrollo.

La Nueva Agenda Urbana establecida en el acuerdo A/CONF.226/4* aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, es una herramienta de poco más de 20 páginas que establece los principios, ideales, compromisos y acciones que se lograron concertar entre las naciones.

Las alternativas formuladas y no reflejadas en el acuerdo, representan conocimiento con grandes elementos de valor que permitirán ser consideradas como una referencia obligada al momento de evaluar los resultados de implementación de la nueva agenda urbana y los resultados de influencia en el diseño de políticas urbanas y/o la actualización de procesos de planeación y gestión urbanística.

Dentro de temáticas reconocidas y sobresalientes de la Nueva Agenda Urbana, destaca la priorización de la inclusión social y la erradicación de la pobreza, el fortalecimiento de un desarrollo urbano resiliente, el reconocimiento de la gobernanza urbana, el fortalecimiento de la planeación y la gestión del desarrollo urbano, por mencionar algunos de ellos.

La Nueva Agenda Urbana es ahora el instrumento jurídico de orden internacional que guía el orden urbano. En ella se inscribe y se asocia el Derecho a la Ciudad, derecho que ya contaba con antecedentes relevantes en la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad,[2] la cual reconoce a los ciudadanos con el derecho a participar en la elaboración de políticas públicas en las ciudades.

La información universal reunida en el proceso de elaboración de la Nueva Agenda Urbana, representa una base robusta de contenidos de referencia y gran valor que auxilia la forma de comprender la consolidación de las urbes, conocimiento que permite ampliar el debate para el diseño y orientación de las nuevas políticas urbanas requeridas en la planeación, gestión  e inversión urbana local.

¿Qué sigue después de la Nueva Agenda Urbana?

A nivel internacional se estableció una plataforma para dar seguimiento a la implementación, seguimiento y evaluación de atención a los compromisos adquiridos por los países.

A nivel Nacional, el 28 de Noviembre del 2016, se publicó la Nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la cual entró en vigor el día siguiente. Este nuevo instrumento jurídico representa una reforma relevante a la regulación urbanística en México; a pesar de mantener una alineación con lo establecido en la Nueva Agenda Urbana, se puede identificar algunas temáticas que quedaron limitadas, aspecto que representará un reto o una limitante en la actualización del marco jurídico estatal y municipal del ámbito urbano.

La Nueva Ley General establece en su artículo tercero transitorio un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del Decreto, motivo por el cual las autoridades de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), deberán crear o adecuar todas las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con los contenidos de este instrumento. En este momento, contamos con menos de 6 meses para cumplir con la actualización requerida.

En la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, se cuenta actualmente con iniciativas para la actualización del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Al ser un tema robusto que incidirá en la forma de planear, diseñar, financiar, administrar, construir y reconstruir las ciudades en el estado de Guanajuato; presentaremos semanalmente una serie de artículos especiales que valorarán el proceso, las iniciativas y las oportunidades, tomando como referencia el nivel de atención y articulación con la Nueva Agenda Urbana y la Nueva Ley General de Asentamientos Humanos.

Algunas temáticas a considerar serán: el estado actual de prosperidad urbana en Guanajuato; nuevas políticas públicas y nuevas atribuciones a los municipios; el nivel de atención e inversión a la planeación local, el ordenamiento y diseño urbano en asentamientos humanos irregulares, la planeación, el diseño y la gestión del espacio público, la medición y regulación del impacto urbano, la información requerida en la planeación y la gestión de la ciudad, el informe de resultados de la administración del desarrollo urbano y su evaluación, la garantía de participación ciudadana en procesos urbanos de alto impacto, la vinculación con temáticas de vivienda, movilidad y obra pública, entre otras temáticas de interés público.

La espera de una reforma urbana llegó. México cuenta con una reforma urbana acotada, que representa una interpretación básica de la Nueva Agenda Urbana. El desafío es que la reforma urbana no se diluya en el proceso de diseño de los nuevos instrumentos jurídicos urbanos locales; los siguientes artículos tienen el objeto de revertir el sobrio inicio del derecho a la ciudad en los gobiernos locales, además de dejar registro de los temas de interés, y de la forma en que previsiblemente serán regulados por las autoridades.

 

[1] 17 al 20 de octubre de 2016.

[2] Foro Social de las Américas – Quito – Julio 2004 y el Foro Mundial Urbano – Barcelona – Quito – Octubre 2004.