Propiedad intelectual en el día con día • De los artistas, inventores, creativos y la reforma judicial • Sara Janeth Esquivel Soto
Breve reflexión del impacto de la llamada reforma judicial, desde la pluma de una Abogada en Propiedad Intelectual
«Sencillamente no tenía algo que decir, y cuando no se tiene algo que decir, lo mejor es callar» dijo José Saramago, al publicar una obra después de 20 años de silencio literario. A contrario sensu, cuando hay algo que decir, lo mejor es hablar. Y hoy por hoy, cuando ya el reloj de arena se ha volteado y comienza la cuenta regresiva para que sea una realidad o no la reforma al Poder Judicial, hay mucho que decir. Y como el mismo Saramago dijo, y me permito reproducir en mi caso, «Tengo algo para decir a la gente».[1]
Por tal, escribo estas líneas para decir ese “algo” a todas y todos ustedes: artistas, inventores, emprendedores, escritores, intérpretes, pintores, fotógrafos, entre muchos otros sujetos tutelados por el Derecho Intelectual y usuarios del sistema de Propiedad Intelectual en México —que es la temática que ocupa esta columna— y a los que me permitiré referir a lo largo del artículo como sujetos creativos.
La actual lucha por preservar la división de poderes, la imparcialidad y la independencia en la impartición de justicia —entre muchas otras trascendentes preocupaciones— que hemos visto en las calles, foros y redes sociales, podría parecer desconocida o ajena para los sujetos creativos, parecería una cosa de abogados. Pero no es así. Te explico el porqué.
Se podría observar que la mayoría de las personas que vemos y escuchamos alzando la voz en contra de la llamada reforma judicial, son personas trabajadas del Poder Judicial Federal o del fuero común en todos sus niveles, a las que se han sumado estudiantes de Derecho de muchas universidades públicas y privadas, abogados postulantes, académicos, organizaciones de diversos sectores, entes internacionales, entre muchos otros directamente involucrados en la operación del Derecho. Están alzando la voz aquellos que hacen posible, desde todas sus vertientes, que se imparta justicia. ¿Pero quién recibe esa justicia? Todas las personas. Tú, persona compositora, escultora, comerciante, diseñadora, escritora, y un largo etcétera de sujetos creativos. Y es en este punto donde queda acentuado el sentido del uso de una de las muchas frases que tienen eco en el movimiento en contra de la reforma judicial: ¡México escucha, esta es tu lucha!
Muchas plumas eminentes han escrito en lo que consiste la reforma judicial y han hecho profundos análisis sobre su impacto. No pretendo repetir lo que ya se ha dicho con tanta precisión, solo me limitaré a reflexionar en torno al impacto de la reforma sobre los sujetos tutelados por la Propiedad Intelectual, sin ánimo de convencer pues invocando nuevamente a Saramago «He aprendido a no intentar convencer a nadie. El trabajo de convencer es una falta de respeto, es un intento de colonización del otro». Yo pongo sobre la mesa la reflexión; tú, mi querida persona lectora y sujeto creativo, pones tus conclusiones.
Comenzaré la reflexión con algo fundamental para mí: los fines y la razón de ser del Derecho Intelectual, en los cuales creo firmemente; pues existe en aras de procurar el equilibrio entre los intereses individuales de la persona creadora y por el otro lado, aportar a la evolución, originalidad, creación, o inventiva que enriquece al acervo cultural, creativo y de innovación de la humanidad.
Resulta que cuando el ser humano crea una obra literaria, artística o un invento, deja de sí en un objeto —que es el soporte material de la creación, llámese una pintura, dibujo, caricatura, una formulación, una película, un libro, entre muchas otras materializaciones— y de ser sólo un objeto, pasa a ser dotado de otra vida, en la que hay trozos de humanidad del sujeto creador. Estoy segura de que concuerdas con esto, pues lo vives en carne propia cada que realizas una creación.
Entonces, el acto de creación como génesis del objeto de tutela del Derecho Intelectual, es la posibilidad fáctica para dejar sombras de la propia impronta e ingenio del creador o sujeto creativo fuera de su propio cuerpo. Y justo así es como trasciende la Propiedad Intelectual: en la verdadera entrega, darse a sí mismo como persona autora, inventora, creadora, y en un momento dado, legarla a la humanidad. Aportar en la protección de estos fines del Derecho Intelectual es una tarea noble y necesaria para transformar el mundo. Y justo para llegar a estos fines de plena salvaguarda y equilibrio, es que la impartición de justicia se erige como esencial.
Desde la importante reforma en materia de Derechos Humanos del 2011, tenemos ante nosotros la magnífica oportunidad de deconstruir el Derecho para que, en su nueva arquitectura, se construya con los principios constitucionales como cimientos, los cuales colocan a la persona y sus derechos como el centro, lo que va en absoluta coherencia con los fines del Derecho Intelectual. Si, querida persona creativa: a través de la arquitectura que construye la justicia constitucional, tú y tus derechos son colocados en el centro, ampliando y modernizando su espectro de protección.[2] Actualmente los juzgadores así imparten justicia, y para llegar a ser juzgadores deben tener amplia experiencia y conocimiento judicial, demostrado ya sea en concursos de mérito y capacidades —lo que se le llama la carrera judicial—.[3] En resumidas cuentas, su puesto lo ganan con estudio, experiencia y mérito, lo que garantiza la preparación, competencia e imparcialidad para desempeñar la función judicial. Sin menoscabo de la autocrítica que ya ha señalado el propio Poder Judicial, en el sentido de que todo sistema es perfectible.
Ahora pasamos al tema de la reforma judicial. La reforma contempla —entre otros puntos preocupantes— la elección popular de los juzgadores. Sin entrar a tantos detalles —pues como ya lo he dicho, otros documentos, artículos, videos, conferencias y entre otros valiosos recursos— se han ocupado en profundizar en ello, en términos llanos, la reforma pretende que los juzgadores sean elegidos por voto popular. Lo que se traduce al hecho de que personas no preparadas, pero con popularidad, puedan ser impartidores de justicia, es decir, jueces, magistrados y ministros. ¿Crees conveniente dejar en manos de una persona inexperta —pero leal a no sabemos qué intereses, en contraprestación del impulso político que haya recibido para ser elegido popularmente— tus derechos intelectuales, los cuales son para los sujetos creativos su materia prima y muchas veces, su medio de vida y desarrollo pleno?
Pues bien, la elección popular de juzgadores amenaza con quebrantar la arquitectura del derecho que construye la justicia constitucional, pues es claro que la injerencia de intereses políticos o ajenos a la verdadera justicia imparcial e independiente sería inminente. Es importante comentarte que en los sistemas donde los jueces son elegidos por el voto popular, la tendencia es que las decisiones se alinean con los intereses de la mayoría, lo que en consecuencia deja a las minorías o grupos más vulnerables sin un respaldo. La reforma se propuso para, entre otros argumentos, combatir la corrupción, ¿pero será que el supuesto remedio propuesto resultará peor que la enfermedad que se pretende combatir? Basta asomarnos a la ventana de la experiencia en los otros dos poderes —Ejecutivo y Legislativo—. ¿Ha sido el voto popular el remedio para combatir la corrupción? No porque tengas un malestar de salud, tomarás cualquier medicina y esa medicina de forma automática te será infalible, pues habría que verificar si esa medicina combate tu enfermedad.
Cabe preguntarnos entonces, ¿esta propuesta de reforma realmente mejorará el sistema de impartición de justicia en nuestro país, del cual somos todas y todos destinatarios? O por el contrario ¿se verán afectados grupos vulnerables? Y trasladándolo al gremio de los inventores y autores, ¿serán afectados todos aquellos artistas emergentes, inventores independientes, emprendedores que en la industria creativa y en el comercio, se encontrarán como David y Goliat defendiendo sus intereses en contra de los abusos de grandes corporaciones o incluso autoridades, pero sin honda ni piedra que la imparcialidad de la justicia podría proveerles?
En la práctica del Derecho Intelectual, una de las imperiosas prioridades es la salvaguarda de los propios sujetos creativos, quienes por lo regular se encuentran en situación de desventaja o vulnerabilidad respecto a los sujetos que explotan sus obras o inventos. Estos últimos muchas veces son grandes empresas o instituciones que manejan los sectores o las industrias, por lo que encuentran en los autores o inventores una especie de maquila intelectual, para después lucrar con sus creaciones e imponer —no negociar— sus condiciones de regalías o contraprestación para el sujeto creativo, las cuales no son proporcionales a la magnitud de la explotación, o incluso explotan derechos que no fueron consentidos por los sujetos creativos. ¿Cómo podría el sujeto creativo defenderse ante tal escenario lesivo de sus derechos? A través de la interposición de los medios legales correspondientes, lo que llevaría el asunto al estudio de un juzgador (sin adentrarme al tema de la competencia, instancias y medios legales). Es claro que todo sujeto creativo desearíamos que, para el desafortunado caso de encontrarnos en un escenario así, nuestro asunto fuera estudiado con imparcialidad, tomando como parámetro lo que corresponda por ley, y no así que el juzgador incline la balanza a favor del que tiene más poder adquisitivo o influyentismo. Queremos ganarle a Goliat con la honda y la piedra de la justicia.
Este tipo de abusos no son hipotéticos o una mera ocurrencia, son realidades. Basta echar un vistazo a los requisitos que impone la Ley Federal del Derecho de Autor para celebrar una cesión de derechos, en aras de que el autor esté protegido ante renuncia de regalías, contratos imprescriptibles, convenio de no creación, entre otros candados. Pese a esto y ante la necesidad de potenciar las creaciones, hemos sido ese fotógrafo que para que pueda participar en una convocatoria y cede todos sus derechos, aun sin ganar. Hemos sido ese escritor o poeta que lleva manuscritos a editoriales, y sin consentimiento se publican cambiándoles palabras bajo otro nombre. Hemos sido el inventor que, en la mejora de su trabajo, propuso una solución técnica y el empleador lo tomó, sin remunerarlo ni reconocerlo. Hemos sido el ingeniero en sistemas a quien le roban el código fuente de su programa, y “hacen uno nuevo”. Hemos sido el pintor, grafitero o muralista que plasmó una obra que fue destruida por el dueño del mueble o inmueble. Hemos sido la mujer artista a quien la historia invisibilizó por el simple hecho de ser mujer, o aquella mujer de una comunidad originaria a la que una poderosa firma en la industria de la moda, le ha robado sus diseños y los plasma en su última colección. Hemos sido el compositor de hip hop censurado por su lirica de protesta o el periodista a quien le fue bajada su investigación de redes, en el nombre de la moral.
¿Te suena alguno de estos escenarios? Pues con el debido estudio legal de cada uno de ellos (por cuestiones de materia y competencia[4]), existe la posibilidad de interponer medios de defensa legales. ¿Querrías que quien estuviera detrás del escritorio con tu expediente fuera una persona preparada, capaz e imparcial, o una persona sin experiencia pero popular? Señoras y señores, afuera hay muchos Davides, abriéndose paso en la vida para dar a conocer su obra, aspirando a vivir de su arte e inventiva, con sólo su creatividad, corazón y derechos en las manos, como su piedra y honda.
La tutela que aporta la impartición de justicia a nuestras creaciones no admite improvisaciones ni intromisiones políticas. Las creaciones intelectuales más nobles y elevadas de la mente del ser humano como lo son aquellas que tutela el Derecho Intelectual, merecen una deconstrucción que descanse en una justicia protectora de sus fines, acorde con los principios y valores constitucionales; merecen una verdadera justicia impartida por juzgadores preparados, imparciales, independientes, sin deber favores políticos. Merecemos una verdadera justicia constitucional en la que muchas personas, en sus respectivas vertientes, hemos puesto corazón y mente para dirigir nuestra práctica profesional.
Cierro, mi querido sujeto creativo, expresándote resonante y sin titubeos: Tus derechos intelectuales —esos que emanan de tus creaciones y que llevan tu ADN artístico o inventivo y que aportan al caudal humano de cultura e innovación— no merecen menos que una verdadera justicia imparcial e independiente. El punto es: ¿crees que esa justicia se preservará si los juzgadores son elegidos mediante el voto popular?
Sara Janeth Esquivel.
Abogada especialista en Propiedad Intelectual y maestra en Justicia Constitucional.
[1] Canal Catorce. (6 febrero 2024). Conversando con Cristina Pacheco | José Saramago [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=bWCwr5A8Ft8 minuto 30:38.
[2] Rojas Caballero, Ariel Alberto. Los Derechos Humanos en México. Análisis y comentarios a la reforma constitucional del 10 de junio de 2011. Bases del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Editorial Porrúa, 2012, 3 p.
[4] De la Parra Trujillo. Eduardo. Introducción al Derecho Intelectual, Editorial Porrúa, 2014, 229 p.