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Tribunal Electoral revoca designación de delegados en Dolores Hidalgo y sanciona a Morena por propaganda en veda

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Tribunal Electoral revoca designación de delegados en Dolores Hidalgo y sanciona a Morena por propaganda en veda

Guanajuato, Guanajuato. En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) emitió cinco resoluciones relativas a procedimientos especiales sancionadores y juicios para la protección de los derechos político-electorales.

Entre los fallos, destacó la revocación de nombramientos de delegados en Dolores Hidalgo C.I.N. y la sanción al partido Morena por difusión indebida de propaganda.

El Tribunal resolvió el juicio TEEG-JPDC-13/2025, promovido por autoridades tradicionales de la Comunidad Indígena Otomí de Río Laja. Los magistrados determinaron, por unanimidad, revocar la designación de delegaciones y subdelegaciones realizada por el Ayuntamiento de Dolores Hidalgo.

El órgano jurisdiccional consideró que la autoridad municipal vulneró el derecho al autogobierno de la comunidad, estableciendo que, en demarcaciones con presencia indígena, los ayuntamientos no pueden elegir autoridades, sino que esta facultad corresponde a la propia comunidad mediante sus asambleas.

En materia de procedimientos sancionadores (TEEG-PES-56/2025), el TEEG sancionó al partido Morena por el beneficio indebido obtenido tras la difusión de propaganda electoral durante el periodo de veda en páginas de Facebook. Asimismo, se impuso una amonestación pública a una de las administradoras de los perfiles involucrados. Por otro lado, se declaró la inexistencia de faltas atribuidas al entonces candidato a la alcaldía, al no acreditarse su participación directa.

En un caso similar (TEEG-PES-57/2025), el Tribunal absolvió a la entonces candidata a la gubernatura por la coalición "Sigamos Haciendo Historia" y a los partidos integrantes, al comprobarse que los anuncios denunciados se difundieron antes del inicio de la veda electoral.

Respecto a temas de violencia política en razón de género, el TEEG declaró la inexistencia de la falta en el procedimiento TEEG-PES-55/2025, iniciado por una presidenta municipal en contra de un periodista. El Pleno concluyó que la columna de opinión denunciada no contuvo expresiones basadas en estereotipos de género ni de subordinación.

Finalmente, en el juicio TEEG-JPDC-16/2025, se confirmó la cancelación del registro de una militante de Morena, quien contendió como candidata por Movimiento Ciudadano, al no acreditarse obstrucción a sus derechos ni violencia política.

En la sesión participaron la magistrada presidenta, Yari Zapata López, y los magistrados Juan Antonio Macías Pérez y Pablo Roberto Sharpe Calzada.