martes. 03.12.2024
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Invitan al Concurso Nacional de Cultura Turística

Con el tema de Pueblos Mágicos
Pueblos Mágicos
Pueblos Mágicos de Guanajuato
Invitan al Concurso Nacional de Cultura Turística

Silao. La Secretaría de Turismo Federal, a través de la Secretaría de Turismo del estado de Guanajuato, convoca a infantes, adolescentes, jóvenes, universitarios y adultos mayores, a participar en el “Concurso Nacional de Cultura Turística 2021- 2022” con el tema de Pueblos Mágicos, tomando en cuenta experiencias, cultura, turismo y tradición.

Dolores Hidalgo CIN, Yuriria, Salvatierra, Mineral de Pozos, Jalpa de Cánovas y Comonfort, son los 6 Pueblos Mágicos que tiene el estado de Guanajuato, de los 132 que existen en México; estos municipios son catalogados con ese nombre porque conservan su patrimonio y manifiestan sus expresiones de forma excepcional.

En estos sitios, con símbolos, leyendas e historia, se deben inspirar los interesados para hacer dibujo, cartel o póster, fotografía, vídeo (Tik Tok) y pensamiento en prosa. Las bases de la convocatoria de las categorías Infantil, con subcategoría mini de 6 a 9 años y junior de 10 a 12 años; Adolescente, de 12 a 15 años; Jóvenes, de 15 a 18 años; Universitarios, con Licenciatura Turismo o afines; y Adultos Mayores, a partir de los 60 años; podrán consultarlas en https://www.gob.mx/sectur/acciones-y-programas/pueblos-magicos-267851

Mediante esta convocatoria, la SECTUR Guanajuato fomenta en la población guanajuatense un acercamiento a las expresiones creativas que enaltecen la riqueza del Patrimonio de la Humanidad de la entidad y muestran la Grandeza de México.

Al participar, los concursantes manifiestan su conformidad de que todo el material enviado podrá ser utilizado para actividades de difusión cultural y expositiva en México o en otros países, así como en actividades sin fines de lucro, sin afectar sus derechos de autor, dándole el crédito correspondiente conforme a las disposiciones legales aplicables.

Para el caso de los concursantes menores de edad, será necesario que los padres, madres, tutores o quien ejerza la patria potestad o su representación, manifiesten expresamente su autorización para los efectos señalados.